Propuestas LLYC ante la crisis del Covid-19 en España

27 Mar 2020
Fotografía: Pool Moncloa/Borja Puig de la Bellacasa

Madrid

26 de marzo 2020

El objetivo de la presente nota es hacer balance a las medidas adoptadas por el gobierno, desde la perspectiva de su aplicación práctica por empresas y autónomos.

La valoración de las medidas está basada en numerosos contactos mantenidos con representantes de diferentes sectores económicos con un impacto muy significativo en la capacidad productiva de la economía española.

De modo general, se puede afirmar que existe unanimidad respecto a que la clave para minimizar los efectos económicos del coronavirus pasa por mantener la liquidez en las empresas a efectos de que puedan recuperar de forma ágil los niveles de producción previos a la crisis sanitaria.

Asimismo, se advierte una gran incertidumbre y preocupación en todos los sectores económicos sobre la correcta articulación de las medidas adoptadas y que se vayan a adoptar en el futuro, puesto que existe la conciencia generalizada de que del Estado y de su capacidad de acción depende críticamente evitar una catástrofe económica.

Es de vital importancia que las decisiones del Gobierno en forma de medidas económicas sean correctamente trasladadas a las necesidades reales de las empresas para evitar que la destrucción de tejido productivo y el desempleo que se van a generar por la situación que estamos viviendo puedan postergar excesivamente a recuperación de nuestra economía.

Medidas económicas evaluadas

El Consejo de Ministros aprobó el martes 17 de marzo un conjunto de medidas económicas que se pueden resumir como sigue:

  • Atención social. Se destinan 600 millones de euros a servicios sociales de CC.AA. y entes locales, en particular para asistencia domiciliaria. Además, se amplía la protección a los suministros de energía y agua, garantizando los servicios esenciales, incluyendo por primera vez las telecomunicaciones. Como novedad adicional, se establece una moratoria en el pago de las cuotas de las hipotecas para personas en especial vulnerabilidad.
  • Refuerzo de la protección al empleo. Los asalariados podrán reducir su jornada de trabajo, incluso hasta un 100%, para hacer frente a las necesidades de conciliación derivadas de la crisis sanitaria. Se promoverán los ajustes temporales de plantilla a través de la flexibilización de los ERTEs. Estos serán considerados de fuerza mayor y los trabajadores tendrán derecho a la prestación contributiva por desempleo, aunque no cumplan los requisitos de cotización previa. El cobro de esa prestación no computará a efectos de la prestación por desempleo. En estos casos de ERTEs, se exonerará al empresario de la aportación empresarial de las cuotas de la Seguridad Social.
  • Liquidez de las empresas. Se aprueba una línea de avales y garantías públicas por un valor de hasta 100.000 millones de euros, que permitirá movilizar entre 150.000 y 200.000 millones, siendo el Estado garante de las operaciones.
  • Finalmente, el Gobierno reforma la normativa sobre inversiones exteriores, para impedir que empresas de países de fuera de la Unión Europea puedan hacerse con el control de empresas en sectores estratégicos, aprovechando su caída de valor en bolsa.

Adicionalmente, el pasado 24 de marzo, el Consejo de Ministros amplió las medidas económicas para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19. En concreto:

  • La Distribución del Fondo Social Extraordinario entre las comunidades autónomas (300 millones) para reforzar las políticas sociales y de atención a las familias, sobre todo, a las personas más vulnerables.
  • Creación de Fondo Social Extraordinario(25 millones) para atender niños/as en situación de vulnerabilidad. Transferencias económicas directas o distribución de comidas, mientras los comedores escolares se encuentren clausurados.
  • Por último, se desarrolla lo previsto en el sistema de liquidez de 100.000 millones de euros que se aprobó en el anterior Consejo de Ministros, a través de un fondo de 20.000 millones de euros destinado a para cubrir necesidades de liquidez (salarios, circulante…) de pymes y autónomos.

Primera valoración de las medidas

En general, se trata de un “paquete de medidas” que persigue el mismo objetivo (preservar la liquidez de las empresas y la renta de las personas) y se apoya en instrumentos que están en línea con los aprobados en otros países europeos afectados por el Covid 19, como Italia, Francia o Alemania.

A continuación, se exponen algunas de las inquietudes y preocupaciones generales mostradas por los sectores económicos consultados:

  • Por lo que respecta a la preservación de la liquidez, se demanda un mayor protagonismo de la política tributaria, principalmente a través del diferimiento del pago de impuestos e incluso de la presentación de las liquidaciones.
  • Se echa en falta mayor claridad y flexibilidad en los criterios de elegibilidad de los beneficiarios de las medidas y se denuncia la heterogeneidad de criterio que se está dando en las diferentes comunidades autónomas en este sentido.
  • Se constata la saturación de los servicios públicos en la instrumentación de algunas medidas, singularmente aquellas relacionadas con la aprobación de los ERTEs.
  • Aún cuando se es consciente mayoritariamente de las condiciones de partida en términos de deuda y déficit público, se requiere una acción fiscal más contundente por el lado del gasto directo del estado.
  • Respecto al debate sobre la paralización total de la economía no esencial, se considera que cualquier medida que amplíe las restricciones a la producción económica debe ser evaluada concienzudamente para evitar estrangulamientos en la cadena de valor de determinados bienes y servicios esenciales. El caso de la industria auxiliar de las industrias alimentarias es paradigmático.
  • Existe una preocupación mayoritaria por la excesiva concentración de las ayudas a las PYMES. Se reclama un enfoque dirigido a las dificultades reales y no sólo al tamaño de la empresa. Esto es especialmente relevante para la preservación de las cadenas de valor de bienes y servicios esenciales.
  • Se pone de manifiesto un espíritu de colaboración unánime con el gobierno y se apuntan algunas de las vías para la recuperación económica una vez superada la crisis sanitaria.

Propuestas. La batalla por la liquidez no es financiera, primero es fiscal.

Existe un convencimiento generalizado sobre que la política fiscal, particularmente la tributaria, es crítica tanto para la preservación de la liquidez de las empresas como para el sostenimiento de la demanda una vez se haya superado la crisis sanitaria.

En este sentido, se aboga por una acción más directa por parte del Estado, en la línea de las puestas en marcha por nuestros principales socios, centradas, por ejemplo, en el diferimiento del pago de impuestos y en el sostenimiento directo de los salarios al objeto de mantener los puestos de trabajo.

La frase más referida por los consultados ha sido “no tiene sentido pedir un crédito para pagar impuestos”.

Política fiscal

Aplazamientos o suspensión de impuestos y cotizaciones

  • Se recomienda una moratoria general en la presentación de las autoliquidaciones y los correspondientes pagos de todos los impuestos, eliminando las restricciones que se han impuesto a la actualmente aprobada. Se pide un enfoque por dificultad atravesada por la empresa y no por el tamaño de la misma.
  • Está considerada como la medida más potente para poder salvaguardar la liquidez de las empresas.
  • Medidas de este corte han sido ya tomadas a nivel nacional por países como Reino Unido, Alemania, Italia, Austria, Bélgica, Portugal, Finlandia, Noruega, Grecia, Luxemburgo, Rumania, Eslovaquia, Lituania, China, Rusia, Singapur, Australia, Nueva Zelanda, Indonesia, Malasia, Costa Rica, Ecuador, Moldavia, Filipinas o Bosnia Herzegovina.
  • En el ámbito autonómico, varias comunidades autónomas han establecido mecanismos de aplazamiento de los tributos propios y cedidos. Castilla y León, Castilla la Mancha, Asturias, Cantabria, Andalucía, Canarias, Aragón o la Comunidad de Madrid ya han aplazado los impuestos autonómicos, el Ayuntamiento de Madrid, todas las tasas municipales y el Ayuntamiento de Barcelona ha hecho lo propio con algunas figuras tributarias.
  • En el ámbito privado, son muchas las empresas que han tomado la iniciativa con medidas que tratan de evitar el estrangulamiento de las economías de las pequeñas empresas, de los autónomos o de las familias. A modo de ejemplo, la empresa Naturgy ha aprobado un aplazamiento de las facturas de luz y gas de sus clientes, que afecta a más de 4 millones de personas, posponiéndola 6 meses con pagos posterior fraccionado.
  • Se podría modular la medida privilegiando a aquellas actividades que por el cierre obligado o por una caída sustantiva de la demanda se encuentran en mayores dificultades.
  • Se hace hincapié en los pagos a cuenta del Impuesto sobre Sociedades que están estimados en función de los resultados del ejercicio anterior y, por tanto, representan una distorsión en las circunstancias actuales.
  • La medida de aplazamiento tributario debería ser extensiva al pago de las cotizaciones a la seguridad social y de las retenciones del IRPF operadas sobre los trabajadores.
  • En todo caso, para PYMES y autónomos se demanda el aplazamiento de la presentación de las liquidaciones de IVA y cotizaciones sociales del trimestre en curso. Existen complicaciones logísticas y operativas que abundan en esta cuestión.
  • Se pide que la concesión de créditos avalados a través de ICO no sea incompatible con la solicitud de aplazamiento del pago de impuestos.
  • Los autónomos, a pesar de las reiteradas aclaraciones del ministro, siguen prefiriendo la exención o el aplazamiento del pago de la cotización a la seguridad social que las medidas de apoyo implantadas por el gobierno.
  • En el ámbito del Impuesto sobre Sociedades, además, resulta incompatible mantener el calendario fiscal vigente con la decisión del propio Ejecutivo de aplazar la celebración de las Juntas Generales de Accionistas para aprobar las Cuentas de las compañías.
  • Se debe tener en cuenta también algunas figuras tributarias de ámbito local que son esenciales para el sector HORECA, uno de los más golpeados por la crisis sanitaria. En ese sentido, como se ha dicho anteriormente, algunos ayuntamientos ya han empezado a tomar decisiones sobre el IBI o las tasas por utilización privativa y aprovechamiento especial del dominio público local (terrazas), pero no sería conveniente que hubiera tratos desiguales para situaciones similares dependiendo de los territorios para evitar que la recuperación se dé a distintas velocidades.
  • Por último, incluso los funcionarios de Hacienda están reclamando el aplazamiento de las campañas tributarias para garantizar “una atención adecuada y sin riesgos”.

En definitiva, se propone una moratoria fiscal generalizada, aunque pueda ser modulada por la situación económica, cuya financiación debería provenir de las facilidades de financiación anunciadas por el BCE a la espera de una acción fiscal coordinada por los países de la UE.

Liquidez de las empresas a través de créditos

  • La liberación del primer tramo de créditos avalados por el Estado por valor de 20.000 millones de euros ha servido para aclarar parcialmente las condiciones en las que se puede acceder a los créditos, pero sigue existiendo gran incertidumbre en cuanto a los criterios objetivos de elegibilidad y flexibilidad respecto de estos.
  • En cuanto a las magnitudes, teniendo en cuenta que no estamos ante una crisis de acumulación de riesgo sino ante un shock temporal de oferta, se reclama a la incrementar el porcentaje avalado, teniendo en cuenta que nuestros socios de referencia están avalando al 90% y que la discrecionalidad de los servicios de riesgos de los bancos sigue siendo muy alta, más aún con un precio topado.
  • De nuevo en este ámbito, se debería reflexionar sobre la verdadera dimensión y sobre la naturaleza de las empresas que estratégicamente deben ser prioritarias o, al menos, partícipes de los mejores resultados del sistema de ayudas previsto. La supervivencia de las empresas no siempre tiene que ver con su tamaño y aunque las PYMES representen casi la totalidad del entramado empresarial en España no se debe olvidar que con el empleo no ocurre lo mismo.
  • Respecto al alcance de los créditos, se cuestiona que se queden fuera las refinanciaciones dado que las circunstancias económicas sobrevenidas tienen un impacto significativo en la negociación con los bancos

En definitiva, se aboga por una política de avales para el segundo tramo de los 100.000 millones de euros previstos que envíe el mensaje de total apoyo del estado a todas las empresas por igual, estableciendo máximos de garantía similares a los estándares fijados por nuestros socios europeos.

Apoyo a hogares

  • Se considera muy oportuna la medida sobre las hipotecas y se reclama que se haga extensiva a las hipotecas que determinadas actividades comerciales tienen establecidas sobre sus negocios.
  • Se considera muy oportuna la medida aprobada por Naturgy para aplazar el pago de las facturas de la luz y el gas de sus clientes durante 6 meses. En este sentido, se debería trabajar en conseguir un acuerdo de sector que generalizase la medida.
  • De forma generalizada, se apuesta por ampliar el plazo de presentación de la declaración del IRPF de 2019 garantizando así el correcto asesoramiento por parte de los contribuyentes. Esta medida podría estar limitada a determinados niveles de renta.
  • En relación al régimen de alquiler, se esperan las nuevas medidas y se valora evitar renegociaciones e incrementos de precios. Respecto a la moratoria en el pago de alquileres, se considera una medida de difícil instrumentación y fiscalización. Se considera mejor apoyar directamente al sostenimiento de renta de los inquilinos antes que establecer una moratoria de pago y compensar a los propietarios, sobre todo en los casos de familias que atraviesan por especiales dificultades, como por ejemplo los trabajadores temporales que, difícilmente, podrán acogerse a la regulación especial de los ERTEs.

En definitiva, se apoyan las medidas de sostenimiento de rentas de los hogares, pero se apuesta por una mayor acción directa del Estado que haga más fácil la instrumentación y fiscalización de las medidas.

Problemas de aplicación administrativa

Es evidente que el tamaño y las capacidades de las administraciones públicas españolas están dimensionados para una relativa normalidad y, en consecuencia, los fenómenos de saturación que se están produciendo son, hasta cierto punto, normales.

No obstante, sería necesario encontrar el equilibrio adecuado entre las garantías de los procedimientos administrativos implantados para evitar abusos y, por otro lado, las urgencias de liquidez que ya están demostrando familias y empresas.

Agilización y seguridad jurídica en la tramitación de los ERTES.

  • Seguramente, la solicitud y aprobación de los ERTEs es una de las medidas que más desconcierto está generado. El ERTE ha sido presentado por el gobierno como una medida puente, que ayude a evitar EREs y despidos, en actividades que pueden ser remprendidas tras los meses de inactividad forzosa o inducida. Sin embargo, su tramitación efectiva se esta planteado con la tradicional desconfianza de la administración hacia los sectores productivos, así como con una errónea defensa del “interés público” cuando, en esta excepcional coyuntura, el único interés público debería ser el de evitar a toda costa que la caída de la actividad forzosa o inducida se traduzca en una situación de desempleo masivo y duradero.
  • La tramitación efectiva de los ERTEs por parte de unos desbordados servicios públicos de empleo está generando una gran inseguridad jurídica, en relación con determinados aspectos:
  • Exclusión y/o falta de claridad sobre las actividades susceptibles de acogerse a la “causa de fuerza mayor”. En muchas ocasiones, los ERTEs presentados por causa de fuerza mayor son rechazados al no estar las empresas incluidas en las señaladas por el RD de estado de alarma, cuando el cierre de la actividad económica realmente sí está afectando directamente a estas empresas, sus proveedores y clientes que, sin embargo, se ven obligados a tramitar el ERTE por causas de actividad económica, que requiere acreditar la situación de quiebra, que es precisamente lo que se pretende evitar.
  • Saturación y heterogeneidad de criterio en los diferentes servicios públicos de empleo autonómicos.
  • Incertidumbre respecto al tratamiento de los trabajadores temporales y, en concreto, respecto al mantenimiento en el empleo en los seis meses posteriores a su reincorporación.
  • Por último, trascurrido ya el primer plazo oficial de resolución, desde la presentación de los primeros ERTEs, la mayoría de expedientes todavía no han logrado ni tan siquiera fechas de registro, incumpliendo de forma reiterada el propio RD que los regula.
  • Por todo lo anterior, creemos que es imprescindible una Resolución urgente por parte de la autoridad laboral, con carácter vinculante a todas las comunidades autónomas, que recoja estas dos medidas:
  • Considerar de fuerza mayor todos los ERTEs presentados con fecha posterior al RD de estado de alarma.
  • Aplicar con carácter generar el silencio administrativo positivo generando los correspondientes certificados telemáticos y dejando para un momento posterior la revisión de posibles abusos, que deben ser sancionados de forma ejemplar.

Cuestiones administrativas (plazos, procedimientos…)

  • Se solicita una flexibilización de las reglas del concurso de acreedores y, en concreto, la eliminación temporal de la responsabilidad penal en la que incurre el administrador al no instarlo en casos de insolvencia.
  • Aquellas actividades que dependen en buena medida de las deducciones fiscales (innovación, I+D, etc.) deberían poder beneficiarse de ampliaciones en los plazos de entrega de los informes justificativos por la imposibilidad material de prepararlos en la situación de confinamiento derivada del estado de alarma.
  • Se necesita una correcta y urgente clasificación de los sectores considerados esenciales, y su inmediata homogeneización a nivel nacional.
  • Es necesario preservar algunas actividades que, total o parcialmente, se mantienen activas. En muchos casos, estos sectores se encuentran con grandes dificultades para acceder al material sanitario esencial para prestar sus servicios en condiciones de seguridad y evitar el incremento de los contagios Sería conveniente clarificar las medidas de seguridad aplicables a este tipo de servicios, así como facilitarles la adquisición de ese material de protección. Es el caso, por ejemplo, de algunas actividades industriales o de los servicios de entrega de bienes a domicilio.

Apuntes sobre políticas de recuperación

De modo generalizado, los sectores consultados han mostrado inquietud por las políticas de recuperación de la actividad, más aun dando por descontado que el contexto de financiación será probablemente más complicado que el que hemos tenido en los años precedentes. En muchos casos, ya se están elaborando planes estratégicos para la recuperación de la actividad sectorial, una vez superada la crisis sanitaria.

A continuación, se exponen algunas de las medidas concretas que se han apuntado en este sentido:

  • Incentivos fiscales. Recuperar algunas figuras como la amortización acelerada del inmovilizado o las deducciones fiscales por mantenimiento del empleo que son esenciales para abordar escenarios de recuperación económica.
  • Empleabilidad. En aplicación del artículo 47.4 del Estatuto de los Trabajadores, durante las suspensiones de contratos o las reducciones de jornada, se promoverá el desarrollo de acciones formativas vinculadas a la actividad profesional de los trabajadores afectados cuyo objeto sea aumentar su polivalencia o incrementar su empleabilidad.
  • Empleo Público. A la mayor brevedad posible se debe recuperar el calendario habitual de oposiciones de acceso a la función pública para aprovechar el esfuerzo realizado por parte de quien ya están preparándolas. En ese sentido, sería muy efectiva una señal clara por parte de la Administración General del Estado y el resto de administraciones.
  • Exportaciones. Crear mecanismos específicos e incentivos económicos para la recuperación de la actividad exportadora.
  • Sectores Estratégicos. Elaborar planes de recuperación específicos para los sectores que más afectados se han visto por la paralización forzada de la economía y por su impacto en la misma, en concreto, la cadena de valor del Turismo, la fabricación y distribución de automóviles o la industria de la alimentación y bebidas.
  • Plan de Pago a proveedores. Se propone la implantación de un mecanismo de pago urgente de las facturas pendientes de pago por parte de todas las administraciones a PYMES y autónomos como vía para mejorar sus condiciones de liquidez. Para ello, sería muy importante acelerar la transferencia de las nuevas partidas de recursos aprobadas, así como los recursos pendientes de transferencia por parte de la Administración General del Estado.

Anexo, relación de medidas, Gobierno central

12 de marzo de 2020:  Real Decreto-ley 7/2020, de 12 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes para responder al impacto económico del COVID-19

  • Fraccionamiento de deudas tributarias durante 6 meses.
  • Línea de crédito blando de 400 millones del ICO para empresas de turismo, transporte y hostelería
  • Ampliación de bonificaciones a la SS en los contratos de fijos discontinuos de febrero a junio.

17 de marzo de 2020: Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19.

  • Financiación de prestaciones básicas de los servicios sociales autonómicos y locales por 600 millones.
  • Moratoria en la cuota de las hipotecas.
  • Línea de avales para garantizar la liquidez al resto de la economía (100.000 millones).
  • Restructuración de créditos para el sector agrario afectado.
  • Reforma de la normativa sobre inversiones extranjeras para evitar el control extranjero sobre empresas debilitadas.
  • Líneas de avales para las empresas exportadoras con mecanismos ágiles 2.000 millones de euros
  • El Estado se hará cargo de las prestaciones por desempleo por ERTEs mientras dure la crisis sanitaria aunque no tengan tiempo suficiente cotizado.
  • Beneficios específicos para trabajadores fijos discontinuos, a tiempo parcial y cooperativistas en materia de prestaciones por desempleo.
  • Prórroga automática de las prestaciones por desempleo.
  • La empresa no cotizará a la Seguridad Social durante el tiempo que dure el ERTE
  • Para autónomos: flexibilidad de cuotas a la Seguridad Social y posibilidad de acceder a ERTEs, cobro de una prestación en caso de dificultad económica y se exonera al empresario/a de las cuotas a la seguridad social

24 de marzo de 2020.  Real Decreto-ley X/2020, de 24 de marzo, por el que se amplían las medidas económicas para rente al impacto económico y social del COVID-19.

  • Distribución del Fondo Social Extraordinario entre las comunidades autónomas (300 millones) para reforzar las políticas sociales y de atención a las familias, sobre todo, a las personas más vulnerables.
  • Creación de Fondo Social Extraordinario (25 millones) para atender niños/as en situación de vulnerabilidad.
  • Fondo para cubrir necesidades de liquidez para pymes, autónomos y otras empresas (20.000 millones).

Anexo, relación de medidas, Comunidades Autónomas

País Vasco:

  • Ayudas por importe de 18,4 millones de euros destinadas a la industria vasca, orientadas a favorecer los siguientes tipos de actuaciones:
    • La puesta a punto de la tecnología y el teletrabajo en las pymes.
    • Ayudas a compra de material tecnológico.
    • Devolución de créditos de programas de industria.
    • Aplazamiento de alquileres en los parques tecnológicos o en polígonos industriales.
    • Financiación indirecta a pymes industriales y del sector de alimentación.
    • Una nueva línea de ayudas para la reestructuración y relanzamiento de empresas en crisis.
  • Nuevo programa presupuestario con 300 millones de euros.
  • Línea de financiación del Instituto Vasco de Finanzas por 25 millones para pymes y autónomos.
  • Líneas de financiación de circulante con avales de la CAE por importe de 500 millones.
  • Flexibilización, refinanciación y adaptación de las condiciones financieras que consistan en anticipos reintegrables, préstamos o avales en programas públicos.

Navarra:

  • Suspensión de los pagos fraccionados de IRPF de los trabajadores autónomos de los trimestres 1º y 2º de 2020.
  • Suspensión de los plazos de tramitación de los procedimientos tributarios en curso por el plazo comprendido entre el 14 de marzo y el 30 de abril (afecta a la presentación de alegaciones y recursos o atención de requerimientos, plazos de prescripción, etc.).
  • Suspensión y aplazamiento de obligaciones tributarias.
    • Se aprueba un aplazamiento especial para deudas tributarias de trabajadores autónomos y pequeñas empresas:
      • Podrán solicitarlo autónomos y pymes (volumen de facturación en 2019 inferior a 6 millones de euros), para deudas tributarias generadas entre el 14 de marzo y 1 de junio.
      • El aplazamiento será de 7 meses sin intereses, con una carencia de los 3 primeros meses.
    • Ayudas para las familias inquilinas, sean de viviendas libres o protegidas, y se fomentará la concesión de moras y condonaciones de renta.
    • Se prorrogan las cédulas de habitabilidad hasta el 31 de diciembre para evitar una situación de indefinición jurídica y se amplían aún más los plazos vigentes, aunque se hallen actualmente suspendidos, para la finalización de obras en los expedientes de calificación definitiva de vivienda.
    • Ampliación del plazo de presentación e ingreso de autoliquidaciones:
    • Fondo de hasta 100 millones para paliar los gastos extraordinarios.

Cataluña:

  • Creación de línea de créditos (1.000 millones) a través del ICF y Avalis para mejorar la liquidez de las empresas.
    • Se concreta que, de los 750 millones de euros que garantizarán el ICF y Avalis, un total de 188 millones irán destinados a construir un fondo de garantía.
  • Se amplía del 75% al 80% el riesgo que asumirá el Govern, a través del Instituto Catalán de Finanzas (ICF) y Avalis, en lo que respecta a las garantías de préstamos que conceden las entidades financieras a los autónomos y las empresas que lo soliciten.
  • En materia de contratación laboral, se amplía el ámbito de las indemnizaciones en aquellos casos en que se hayan de suspender contratos, además de incluirse los gastos de alquiler o costes de mantenimiento de instalaciones y de equipos durante el período de suspensión.
  • Moratoria del abono del impuesto sobre estancias en establecimientos turísticos.
  • Disposición de 7,5 millones para autónomos.
  • Moratoria en pago de tributos propios.
  • Reducción del 50% del canon del agua para todos los usuarios domésticos y del 50% del canon que pagan las industrias.

Andalucía:

  • Subvención de hasta 36 millones de euros a la sociedad de garantía recíproca Garántia, a fin de avalar operaciones financieras a pymes y autónomos por importe de hasta 500 millones de euros.
  • Ampliación del plazo de presentación y pago de tres meses adicionales en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones y sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.
  • Articulación de avales para dar respuesta a las necesidades de las empresas, destinando 20 millones a la línea Andalucía, financiación empresarial del Fondo Público Andaluz para la Financiación Empresarial y el Desarrollo Económico.
    • Se estima que esta medida tendrá un efecto multiplicador por cinco, de manera que posibilitará la concesión de préstamos por parte de las entidades colaboradoras por un volumen de hasta 100 millones de euros dirigidos a las pequeñas y medianas empresas y autónomos.
  • Se incrementa en 9 millones de euros, hasta alcanzar los 22 millones, la línea de ayudas gestionada por la Agencia IDEA destinadas a proyectos de Transformación Digital de las pymes, con el objetivo de facilitar que las pymes se doten de los medios técnicos necesarios destinados a posibilitar el teletrabajo.
  • No se suspenderán los pagos a las empresas contratadas por la Administración autonómica, a pesar de que estas no puedan desarrollar sus actividades con motivo del cierre parcial de dependencias administrativas o entes instrumentales de la administración autonómica, siempre que la empresa acredite la permanencia de la plantilla en las mismas condiciones laborales y durante el tiempo que dure la suspensión.
  • Dotación de 100 millones para crear un Fondo de contingencia sanitaria.

Baleares:

  • Disposición de 50 millones para inyectar liquidez suficiente a pymes y autónomos.
  • Exención del pago de tasas portuarias a barcos de pasajeros de transporte rodado y barcos de pasajeros que presten servicio de línea regular con destino a puertos autonómicos.

Extremadura:

  • Ampliación en tres meses del plazo de presentación y pago de los Impuestos sobre Sucesiones y Donaciones y sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, siempre que el plazo de presentación y pago se produzca entre la declaración del estado de alarma y el 30 de mayo.
  • Prórroga de los plazos de presentación de autoliquidaciones, declaraciones e ingresos de deudas de derecho público cuyo vencimiento se produzca durante la vigencia del estado de alarma, hasta el mismo día del segundo mes siguiente a su vencimiento.
  • Exención de garantías, en el periodo comprendido desde la entrada en vigor del decreto-ley hasta el 30 de junio, en aplazamientos y fraccionamientos de pago por deudas por tributos propios y deudas de derecho público, siempre que estas deudas deriven de tributos y derecho público de titularidad de la Comunidad Autónoma y cuando su importe en conjunto no exceda de 50.000 euros y se encuentren tanto en período voluntario como en período ejecutivo de pago.
  • Moratoria del pago de alquiler de viviendas sociales.

Comunidad Valenciana:

  • Línea de ayudas directas e inmediatas para los autónomos ante la crisis del Covid-19, que oscilarán entre los 750 y los 1.500 euros, según si han paralizado parcial o totalmente su actividad.
  • Línea de financiación para proyectos empresariales y circulante desarrollados por profesionales por cuenta propia y microempresas localizadas en la Comunidad Valenciana, dotada con 60 millones de euros.
    • Se dará liquidez a estos colectivos, quienes podrán percibir hasta 750.000 euros, a un tipo de interés del 0%, con una carencia de 2 años, sin comisión de apertura y aval de la Sociedad de Garantía Recíproca (SGR).
  • Línea de avales de la SGR para permitir a las empresas tanto el acceso a líneas de financiación de entidades financieras, así como a la mejora de su capacidad de negociación de óptimas condiciones de financiación con la banca comercial privada que opera en la Comunidad Valenciana.
  • Línea de ayudas de 57 millones para autónomos.
  • Línea de 40 millones ampliables en créditos participativos para mejorar la solvencia de las empresas.

Cantabria:

  • Suspensión del pago de alquileres y cuotas de amortización a los inquilinos de viviendas de promoción pública que pierdan su empleo a causa del Covid-19.
  • Mantenimiento de las ayudas al pago del alquiler a sus beneficiarios, ya que la Consejería de Empleo y Políticas Sociales ha revocado la suspensión de procedimiento de tramitación de varias de las ayudas que generalmente concede.
  • Puesta en marcha de un «cheque de resistencia», el cual se aplicará para compensar por el momento a 7.681 autónomos y microempresas del impacto económico ocasionado por el Covid-19.
  • Suspensión del pago de comisiones o cuotas para empresas con operaciones de financiación con el Instituto Cántabro de Finanzas (ICAF).
  • Establecimiento de un «cheque de resistencia» para autónomos y microempresas

Asturias:

  • Negociación con entidades financieras para el adelanto del pago de las prestaciones de desempleo a trabajadores afectados por ERTEs declarados por causas de fuerza mayor.
  • Ayudas para los empresarios autónomos que ejercen la actividad a título propio en aquellas actividades no autorizadas para su apertura durante el periodo del estado de alarma:
    • La ayuda máxima asciende a 400 euros mensuales y se dirige al pago de gastos fijos como alquileres, cuotas hipotecarias y de renting, suministros, etc.
  • Reajuste, durante el estado de alarma, de la potencia eléctrica contratada.
  • Aplazamientos tributarios a trabajadores autónomos, pymes y microempresas.
    • Esta medida se concederá por un plazo de 6 meses, sin intereses, para las obligaciones tributarias con el Principado generadas entre el fin del estado de alarma y el 1 de junio de 2020.
  • Aumento de la liquidez a pymes, microempresas y autónomos a través de una nueva línea de avales por parte de Asturgar, de tal modo que:
    • La sociedad de garantía recíproca del Principado avalará frente a las entidades financieras el 100% de una línea de crédito de 10 millones de euros. Esta medida pretende complementar las líneas de crédito del Estado.
    • Por otra parte, se aplazan los créditos avalados por Asturgar:
      • Esta medida tendrá un periodo de vigencia de seis meses y un año adicional de carencia en el que solo deberán abonarse los intereses de los préstamos. Las empresas deberán acreditar un impacto significativo del estado de alarma en su actividad.
    • Aplazamiento de los préstamos concedidos por la Sociedad Regional de Promoción (SRP): se aplazarán las cuotas trimestrales del primer y segundo trimestre de los préstamos y de los préstamos participativos en vigor, que se abonarán prorrateadas a lo largo del próximo ejercicio. Igualmente, las empresas deberán acreditar un impacto significativo del Estado de Alarma en su actividad.
    • Moratoria de tres meses (marzo, abril y mayo) en el pago de alquileres para compañías ubicadas en los centros de empresas dependientes del Principado.
  • Autorización de gasto de 28 millones para la concesión directa de subvenciones a entidades locales.
  • Suspensión de plazos asociados a tributos autonómicos.

Castilla-La Mancha:

  • Durante el período de vigencia del estado de alarma y, mientras duren las medidas de contención del Covid-19, se priorizarán los pagos a pymes y autónomos proveedores de bienes y prestadores de servicios a la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, así como del Sector Público dependiente de ella.

Comunidad de Madrid:

  • Aplazamiento del pago de los impuestos cedidos y de gestión propia hasta que finalice la crisis del Covid-19. Para ello, la Consejería de Hacienda y Función Pública ha dictado una orden para prorrogar un mes más la moratoria fiscal aprobada por el Consejo de Gobierno el pasado 13 de marzo que afectaba a la presentación de declaraciones y autoliquidaciones de impuestos autonómicos, ya que declaraba días inhábiles los comprendidos entre el 13 y el 26 de marzo.
    • Aunque de momento se ha establecido un aplazamiento de un mes, esta medida será de carácter prorrogable mientras se mantenga vigente el estado de alarma a nivel nacional.
    • La medida afectará al pago de los impuestos de Sucesiones y Donaciones, Actos Jurídicos Documentados, Transmisiones Patrimoniales y los relacionados con el juego.
  • Se destinarán 5 millones para que los autónomos afectados por el coronavirus puedan mantener sus negocios, lo cual se realizará en base al siguiente procedimiento:
    • El Plan Impulsa concederá ayudas directas de hasta 3.200 euros que se abonarán en un pago único.
    • Los solicitantes deberán acreditar la merma de ingresos y mantenerse dados de alta en la Seguridad Social durante al menos doce meses.

Aragón:

  • Se incorporan previsiones para las sociedades mercantiles autonómicas y para las sociedades participadas por el Gobierno de Aragón que deban realizar actividades o adoptar medidas por causa de la crisis del coronavirus, y quedarán exoneradas, al igual que los miembros de los órganos de Administración, de las responsabilidades recogidas en la legislación mercantil cuando por causa derivada de la asunción de sus responsabilidades, se entre en una situación de desequilibrio patrimonial.
  • Se priorizará el pago a pymes y autónomos que prestan bienes o proveen de los mimos a los diferentes servicios de la comunidad autónoma.

Murcia:

  • Aplazamiento de 3 meses en el caso del Impuesto de Sucesiones y Donaciones y del impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.
    • Este aplazamiento será aplicable en todos aquellos supuestos en los que el fin del periodo voluntario de pago esté comprendido entre la declaración del estado de alarma y el 30 de mayo.
  • Ampliación, hasta el día 20 de junio, del plazo para la presentación e ingreso de los impuestos medioambientales correspondientes a los 20 primeros días naturales del mes de abril.
    • Entre estos tributos figuran el impuesto sobre almacenamiento o depósito de residuos, el impuesto sobre vertidos al mar o el impuesto sobre emisiones de gases a la atmósfera.
  • Exención de todas las tasas administrativas devengadas en los 3 meses siguientes a la declaración del estado de alarma.

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