Acuerdos del Consejo de Ministros del 7 de junio de 2015
GOBIERNO. España. Acuerdos del Consejo de Ministros de hoy.
Empleo y Seguridad Social
INFORME sobre el complemento por maternidad en las pensiones contributivas del sistema de Seguridad Social.
- Se apuesta por introducir un complemento adicional a la cuantía de las altas de pensiones contributivas -de Jubilación, Viudedad e Incapacidad Permanente- de las mujeres que han tenido dos o más hijos.
- El objetivo es que el suplemento beneficie a las pensiones de las clases citadas causadas a partir del 1 de enero de 2016, si bien le corresponde ahora a la Comisión del Pacto de Toledo debatir el alcance la propuesta y su orientación normativa.
- La propuesta está incluida en el Plan Integral de Apoyo a las Familias, aprobado por el Gobierno el pasado 14 de mayo, y que en conjunto tiene un presupuesto de 5.400 millones de euros.
- Escala: El porcentaje adicional de la pensión contributiva que se propone para las mujeres que tuvieron hijos sigue la siguiente escala:
- En caso de haber tenido dos hijos, el 5 por 100.
- Si fueron tres hijos, el 10 por 100.
- Y en el caso de cuatro o más, el 15 por 100.
- Es decir, una vez calculada la nueva pensión de acuerdo a las reglas de cálculo para cada prestación, se aplica el porcentaje correspondiente en función del número de hijos. El resultado será el importe de la pensión incrementado en esa cantidad.
- Este complemento se dirige especialmente a las mujeres con carreras de cotización suficientes para generar una pensión, es decir, mujeres trabajadoras y con residencia continuada en España.
- El efecto de la medida es acumulativo. Así, en 2017 se benefician las altas de pensionistas en 2016 que siguen vivas más las altas propias del ejercicio; en 2018, las altas de pensionistas de 2016 y 2017 que siguen vivas más las producidas en el año, y así sucesivamente.
- La propuesta responde a una cotización demográfica que reconoce el esfuerzo de las mujeres trabajadoras con hijos en forma de un incentivo económico que contribuya a cerrar la brecha de género a la hora de generar pensiones.
- Con esta medida la Seguridad Social reconoce la aportación de las familias como elemento clave para la sostenibilidad futura del sistema de pensiones, que al ser un sistema de reparto y de solidaridad intergeneracional depende además del empleo de la evolución demográfica.
- La previsión es que el complemento se financie anualmente como una cuantía adicional de pensión con cargo al sistema contributivo y, por tanto, al Presupuesto de la Seguridad Social.
ACUERDO por el que se aprueban las instrucciones por las que se determina el procedimiento para autorizar la residencia temporal de menores de origen saharaui en España en el marco del Programa «Vacaciones en Paz 2015».
ACUERDO por el que se resuelven los procedimientos de repercusión de responsabilidades por incumplimiento del derecho de la Unión Europea a las Comunidades Autónomas de Andalucía, Galicia, Castilla-La Mancha y Castilla y León.
Hacienda y Administraciones Públicas
REAL DECRETO por el que se apruebe el Estatuto del Consejo Superior de Deportes.
Los importantes cambios que han tenido lugar en las instituciones con competencias en materia deportiva y la actual situación económica han motivado la necesidad de una revisión de la estructura del Consejo Superior de Deportes y de un redimensionamiento de las políticas impulsadas desde este organismo. Objetivos:
- Adaptar la estructura orgánica y las funciones del Consejo Superior de Deportes a los cambios normativos producidos a lo largo de los últimos años. De esta manera, tal y como establece la Ley Orgánica de protección de la salud del deportista y lucha contra el dopaje en la actividad deportiva, del 20 de junio de 2013, la Agencia Española de Protección de la Salud en el Deporte asume las competencias del Consejo Superior de Deportes en materia de protección de la salud del deportista.
- Adecuar a la actual coyuntura económica la organización y las políticas impulsadas por el Consejo Superior de Deportes, buscando una mejor coordinación y control de los medios materiales y personales asignados a los fines del Consejo. En este sentido, entre los órganos colegiados cuya presidencia corresponde al presidente del Consejo Superior de Deportes se incorporan la Conferencia Interterritorial para el Deporte y el Consejo Rector de la Agencia Española de Protección de la Salud en el Deporte, y se suprime el Consejo para las Emisiones y Retransmisiones Deportivas.
- Modificar el régimen de los deportistas de alto nivel con el objeto de regular los requisitos para que los deportistas de apoyo que acompañan a deportistas con discapacidad que tienen la condición de alto nivel puedan obtener el mismo reconocimiento que éstos, ya que los deportistas de apoyo realizan el mismo esfuerzo físico de manera simultánea y logran el mismo resultado deportivo que el deportista con discapacidad, por lo que es premiado exactamente bajo la misma consideración.
- Establecer mecanismos que den cobertura a la Ley Orgánica para la igualdad efectiva entre hombres y mujeres, del 22 de marzo de 2007. Con dicho fin se crea, bajo la dependencia de la Dirección General de Deportes, la Subdirección General de Mujer y Deporte, y se recogen las funciones encomendadas a la misma.
- Regular la Conferencia Interterritorial para el Deporte como órgano colegiado de coordinación y cooperación en materia de deporte entre la Administración General del Estado, las Comunidades Autónomas y las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla. Se institucionaliza como un foro de coordinación y se aprueba su reglamento interno de funcionamiento.
REAL DECRETO por el que se aprueba el Estatuto de la Agencia Española de Protección de la Salud en el Deporte.
- La estructura organizativa de la Agencia contará con el Presidente y el Consejo Rector como órganos de gobierno, el Director como órgano ejecutivo y las unidades que forman parte de la estructura administrativa. Corresponde la Presidencia de la Agencia y de su Consejo Rector al presidente del Consejo Superior de Deportes.
- Asimismo, estará adscrita a la Agencia de Protección de la Salud en el Deporte la Comisión Interterritorial de Protección de la Salud en el Deporte, órgano para la participación de las Comunidades Autónomas en materia de información, debate y cooperación respecto de las políticas públicas del Estado en materia de dopaje.
Industria, Energía y Turismo
REAL DECRETO Real Decreto por el que se regulan instrumentos y procedimientos de coordinación entre diferentes Administraciones Públicas en materia de ayudas públicas dirigidas a favorecer el impulso de la sociedad de la información mediante el fomento de la oferta y disponibilidad de redes de banda ancha.
- El Real Decreto tiene como finalidad garantizar que las ayudas que se concedan por las diferentes Administraciones Públicas vayan dirigidas a favorecer el impulso de la Sociedad de la Información mediante el fomento de la oferta y disponibilidad de redes de banda ancha que posibiliten incentivar la economía y el empleo digital, así como la prestación de servicios digitales innovadores, resulten compatibles con la normativa sectorial de telecomunicaciones y con los planes de banda ancha del Ministerio de Industria, Energía y Turismo.
- Se elaborará un mapa detallado de cobertura de banda ancha que facilite el diseño preciso de las ayudas y la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y de la Sociedad de la Información aprobará una serie de orientaciones para las Administraciones con el fin de dar a conocer estas ayudas dirigidas al impulso de la Sociedad de la Información. Esta Secretaría de Estado realizará un informe vinculante sobre la compatibilidad de la medida de ayuda promovida en relación con el régimen jurídico de las telecomunicaciones y los planes de banda ancha del Ministerio, planes que se publicarán en el portal de internet de la propia Secretaría de Estado.
- Normativa comunitaria. Por su parte, la Comisión Europea ha fijado unas directrices para garantizar la compatibilidad de las ayudas a la banda ancha ultrarrápida con la normativa en materia de ayudas de Estado, y encomienda a las autoridades nacionales varias funciones, en particular asegurar la coordinación entre los diferentes programas existentes en cada país.
- Por último, en el ámbito de los fondos FEDER, las autoridades comunitarias han exigido la existencia de los adecuados mecanismos de coordinación entre el Estado y las Comunidades Autónomas como requisito para autorizar el uso de estos fondos en la financiación de ayudas a la banda ancha.
- Este Real Decreto establece, por tanto, dichas medidas de coordinación entre las diferentes administraciones relativas a los programas de ayudas al despliegue de la banda ancha:
- Análisis del cumplimiento de los requisitos comunitarios para estas ayudas.
- Coordinación y compatibilidad de las diferentes ayudas, evitando duplicidades entre programas.
Presidencia
ACUERDO por el que se autoriza la firma del Convenio del Consejo de Europa sobre manipulación de competiciones deportivas.
- Sus principales objetivos son los de prevenir, descubrir y sancionar la manipulación nacional o transnacional de las competiciones deportivas, así como promover la cooperación nacional e internacional contra la manipulación de las competiciones deportivas entre las autoridades públicas afectadas y con las organizaciones activas en el ámbito del deporte y las apuestas deportivas.
- Dispone que la lucha contra la manipulación de las competiciones deportivas deberespetar los principios de derechos humanos, legalidad, proporcionalidad y protección de la vida privada y datos personales.
- El Consejo de Europa, consciente de la preocupante magnitud que han alcanzado las nuevas formas de corrupción que persiguen la obtención de ingentes sumas de dinero provenientes de las apuestas deportivas, de la manipulación de los resultados o del blanqueo de dinero, ha advertido, a través de varios documentos, del peligro que entraña para la integridad de la competición deportiva.
- En este sentido, el Consejo de Europa ha procedido, a lo largo de los últimos años, arecomendar a los Estados miembros:
- La adaptación de las legislaciones de sus Estados, al objeto de que se introduzcan sistemas de alerta temprana.
- La introducción de la prohibición legal de apostar sobre competiciones más vulnerables a la corrupción.
- La institucionalización de una cooperación entre autoridades, organizaciones deportivas y operadores del juego, tanto públicos como privados.
- La realización de llamamientos para trabajar en el ámbito internacional de cara a la introducción de medidas vinculantes que permitan combatir estos fenómenos de manera adecuada.
ACUERDO por el que se aprueba el Informe Anual de publicidad y comunicación institucional de la Administración General del Estado correspondiente al año 2014 y se dispone su remisión a las Cortes Generales.
- La Administración General del Estado invirtió 34 millones de euros, 7 millones de euros menos que lo previsto en el Plan inicial.
- La promoción de hábitos saludables y seguros para la ciudadanía, y la promoción en materia de derechos y deberes de los ciudadanos fueron las prioridades de las campañas institucionales en 2014
Interior
ACUERDO por el que se autoriza a la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias la contratación de un servicio de monitorización, seguimiento y vigilancia remotos de presencia, consumo de alcohol y ubicación de personas sujetas a control de Instituciones Penitenciarias, por un importe de 20.983.142,05 euros.
Justicia
ACUERDO por el que se solicita a las autoridades de Suiza la extradición de la ciudadana de nacionalidad española Miren Nekane Txapartegi Nieves por delito de colaboración con organización terrorista.