Acuerdos del Consejo de Ministros del 27 de marzo de 2015

30 Mar 2015
Presidencia
Empleo y Seguridad Social
Se remite a las Cortes Generales PROYECTO DE LEY Ordenadora del Sistema deInspección de Trabajo y Seguridad Social.
  • La Inspección de Trabajo se configura como un Organismo Autónomo, con mayor participación de las Comunidades Autónomas y los agentes sociales.
  • Se crea también una nueva Oficina de Lucha contra el Fraude que permitirá fortalecer la colaboración entre todas las Administraciones. De esta Oficina formarán parte todos los organismos implicados en la lucha contra el fraude laboral y tendrá como funciones la detección del fraude, la programación y ejecución de actuaciones inspectoras y la evaluación de resultados.
  • Se incrementa la capacidad de la Inspección de Trabajo en materia de prevención de riesgos laborales mediante la creación de una Escala de Subinspectores de Seguridad y Salud en el Trabajo.
  • Igualmente, las capacidades de actuación de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social se ven potenciadas a través de varias vías:
  1. Consagración de un modelo generalista de Inspección, más eficiente y con procedimientos de actuación simplificados.
  2. Actualización de los medios operativos, con la incorporación de las nuevas tecnologías de la información y la comunicación en las relaciones con los trabajadores y empresas.
  3. Mejora de las competencias de los Subinspectores de Empleo y Seguridad Social que ahora podrán investigar abusos en la contratación temporal y en el trabajo de menores.
  4. Refuerzo de la independencia técnica del personal inspector.
  • Del mismo modo, se ha reforzado la estructura operativa de la inspección de Trabajo, con el incremento de medios personales:
  1. Entre 2012 y 2015 se habrán incorporado 201 nuevos efectivos entre Inspectores de Trabajo y Seguridad Social y Subinspectores de Empleo y Seguridad Social.
  2. 88 más están en proceso de selección y se incorporarán en 2016.
  3. Asimismo, en el marco del compromiso del Gobierno en la lucha contra el fraude, la Oferta de Empleo Público de 2015 ha previsto un refuerzo extraordinario de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, de tal forma que el total de plazas ofertadas entre Inspectores y Subinspectores será de 114 nuevos efectivos.
Asuntos Exteriores y Cooperación
ACUERDO por el que se toma conocimiento de la apertura del proceso de negociación de un tratado internacional para la adhesión de España al Banco Asiático para Inversión en Infraestructuras.
  • El proyecto del Banco Asiático para la Inversión en Infraestructuras (BAII) fue presentado por el presidente chino en octubre de 2013. El lanzamiento oficial del BAII, con sede en Pekín, se produjo con la firma de un Memorando de entendimiento suscrito en primer término por veintidós países de la región a finales de octubre de 2014 y el objetivo es que comience a operar a finales del año 2015.
  • Actualmente son veintisiete los potenciales Estados miembros regionales.
  • El objetivo del BAII es promover el desarrollo sostenible de Asia,concentrándose en la financiación de infraestructuras de energía, transporte y telecomunicaciones, así como en la financiación de proyectos para el desarrollo urbano y rural y la conservación del medio ambiente en la región.
  • La institución tendrá un capital autorizado de cien mil millones de dólares y proporcionará su apoyo financiero a proyectos en los países asiáticos mediante la concesión de préstamos, la inversión en capital o la concesión de garantías. El Banco funcionará en estrecha colaboración con otros bancos de desarrollo multilaterales existentes como el Banco Asiático de Desarrollo o el Banco Mundial.
  • La participación financiera de España se decidirá tras la aprobación del Convenio Constitutivo, en el momento de su ingreso efectivo en la institución.
ACUERDO por el que se toma conocimiento de la Declaración de Autoridades sobre Gibraltar en relación con el Convenio de Viena para la protección de la capa de ozono, el Protocolo de Montreal relativo a las sustancias que agotan la capa de ozono, y las Enmiendas a este Protocolo.
Hacienda y Administraciones Públicas
 
INFORME sobre el Anteproyecto de Ley de modificación parcial de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.
  • Con la reforma de la Ley General Tributaria se complementa el proceso de reforma fiscal iniciado el pasado año. Desde enero de este año están en vigor las leyes de reforma del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, el Impuesto sobre Sociedades y el IVA, y los Impuestos Especiales.
  • Los objetivos fundamentales de la reforma de la Ley General Tributaria son potenciar la lucha contra el fraude, reducir la conflictividad e incrementar la seguridad jurídica de las normas tributarias.
  • Entre las novedades incluidas en el Anteproyecto de Ley figura la de dar publicidad de los deudores con la Hacienda Pública de mayor cuantía, superiores a un millón de euros, y los condenados por delito fiscal.
INFORME sobre déficit público.
  • Descontando el gasto derivado de la devolución del céntimo sanitario, el déficit público se reduce hasta el 5,56 por 100 del PIB en línea con el objetivo fijado en el Consejo de Ministros.
  • El déficit conjunto de la Administraciones Públicas se sitúa por debajo del objetivo del 5,8 por 100 fijado por el Consejo ECOFIN en el marco del Procedimiento de Déficit Excesivo.
  • El déficit primario de las Administraciones Públicas, que excluye el gasto por intereses, se reduce hasta el 2,46 por 100 del PIB a finales de 2014, frente al 3,07 por 100 registrado en 2013.
  • El déficit primario de las Administraciones Públicas, que excluye el gasto por intereses, se reduce hasta el 2,46 por 100 del PIB a finales de 2014, frente al 3,07 por 100 registrado en 2013.
  • Las ayudas financieras a las entidades de crédito, que no computan a efectos del cumplimiento del objetivo de déficit, se redujeron más de un 75 por 100,pasando de 4.897 millones de euros en 2013 a 1.204 millones en 2014.
  • Administración Central. La Administración Central reduce su déficit público más de un 15 por 100, hasta los 37.468 millones de euros al cierre de 2014, una vez excluidas las ayudas financieras. La ratio déficit-PIB se sitúa en el 3,54 por 100, 0,68 puntos porcentuales por debajo de la registrada en 2013.
  • Fondos de la Seguridad Social. Los Fondos de la Seguridad Social hasta finales del cuarto trimestre de 2014 han dado como resultado un déficit de 11.202 millones de euros, inferior en un 3,8 por 100 al registrado en el mismo periodo de 2013. En porcentaje de PIB, el déficit de este subsector representa el 1,06 por 100, ligeramente inferior a la ratio del año anterior en 0,05 puntos porcentuales.
  • Comunidades Autónomas. La Administración regional ha registrado un déficit de 17.529 millones, frente al déficit de 15.932 millones registrado el año anterior. En términos del PIB, el déficit de este subsector representa el 1,66 por 100, siendo la ratio déficit-PIB un 1,52 por 100 a finales de 2013. El resultado fiscal de este subsector está influido, en parte, por la disminución de los recursos autonómicos derivados de la aplicación del sistema de financiación, que disminuyeron alrededor de 2.700 millones respecto a 2013.
  • Corporaciones Locales. La Administración Local ha obtenido en 2014 un superávit de 5.662 millones, superior en un 3,4 por 100 al del año anterior. En términos del PIB supone el 0,53 por 100, mejorando en una centésima la ratio registrada en 2013. Los ingresos de este subsector han crecido un 0,6%, por encima del crecimiento de los gastos, que ha sido de un 0,4 por 100. En este caso, cabe destacar la reducción de gasto en consumo intermedio (-2,2 por 100) y el aumento de inversiones (10,5 por 100), promovido por la nueva normativa sobre inversiones financieramente sostenibles.
REAL DECRETO de modificación del Real Decreto 810/2006, de 30 de junio, de organización, funciones y provisión de puestos de trabajo de las Consejerías de Turismo en las Misiones Diplomáticas de España.
ACUERDO por el que se solicita del Sr. Presidente del Gobierno la interposición derecurso de inconstitucionalidad en relación con el artículo 1 y las disposiciones adicionales segunda y cuarta de la Ley 2/2014, de 20 de junio, de modificación de la Ley 2/2003, de 30 de enero, de vivienda de Canarias y de medidas para garantizar el derecho a la vivienda.
ACUERDO por el que se solicita a la Comisión Permanente del Consejo de Estado la emisión de dictamen, en el plazo máximo de nueve días hábiles, sobre el Anteproyecto de Ley de modificación parcial de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre,General Tributaria.
ACUERDO por el que se autoriza la concesión a la Comunidad Autónoma de Cantabria de una subvención destinada a financiar inversiones del Hospital Universitario Marqués de Valdecilla por importe de 28.000.000 de euros para el ejercicio 2015.
 
ACUERDO por el que se autoriza al Consorcio de la Zona Franca de Vigo la contratación de las obras de construcción de la Nave H en el Polígono Industrias de Balaídos (Vigo).
Fomento
ACUERDO por el que se autoriza la celebración del contrato de servicios para la ejecución de diversas operaciones de conservación y explotación en el sector AV-2. Provincia de Ávila. Valor estimado: 15.278.917,05 euros.
ACUERDO por el que se autoriza la celebración del contrato de servicios para la ejecución de diversas operaciones de conservación y explotación en el sector L-4. Provincia de Lleida. Valor estimado: 15.106.366,29 euros.
ACUERDO por el que se autoriza la celebración del contrato de servicios para la ejecución de diversas operaciones de conservación y explotación en el sector ZA-4. Provincia de Zamora. Valor estimado: 16.228.574 euros.
 
 
Presidencia
REAL DECRETO por el que se convocan elecciones locales y a las Asambleas de Ceuta y Melilla para el 24 de mayo de 2015.
REAL DECRETO por el que se aprueba la provisión de plazas de las Fuerzas Armadas y de la Escala Superior de Oficiales de la Guardia Civil para el año 2015.
  • La oferta pública de empleo para el año 2015 determina que en las Fuerzas Armadas se aplicará una tasa de reposición del 50 por 100 de los efectivos de militares de carrera y militares de complemento, y que la plantilla máxima de militares de tropa y marinería no podrá superar los 79.000 efectivos.
  • En lo que se refiere a la cobertura de plazas en las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado también se fija una tasa de reposición del 50 por 100.
ACUERDO por el que se aprueba la firma «ad referéndum» del Acuerdo entre el Gobierno de España y el Gobierno de Marruecos relativo al transporte Internacional por carretera de viajeros y mercancías y su protocolo de aplicación, se autoriza su aplicación provisional, se dispone su remisión a las Cortes Generales y su ratificación.
ACUERDO por el que se autoriza a los Ministerios de Industria, Energía y Turismo; Educación, Cultura y Deporte y Economía y Competitividad, a suscribir un Convenio Marco de colaboración con la Entidad Pública Empresarial Red.es, para la extensión del acceso a la banda ancha ultrarrápida de los centros docentes españoles.
Industria, Energía y Turismo
 
REAL DECRETO por el que se modifica el Real Decreto 261/2002, de 8 de marzo, por el que se aprueban los Estatutos Generales del Colegio Oficial de Ingenieros de Telecomunicación.
Defensa
REAL DECRETO que modifica el Real Decreto 386/2013, de 31 de mayo, por el que se fijan las plantillas reglamentarias de oficiales generales, oficiales y suboficiales de las Fuerzas Armadas para el periodo 2013-2017.
  • El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que modifica otro de 2013 que fijaba las plantillas reglamentarias de oficiales generales, oficiales y suboficiales de las Fuerzas Armadas para el periodo 2013-2017.
  • Las plantillas de oficiales generales de los Cuerpos de la Armada para dicho periodo prevén la amortización de un contralmirante del Cuerpo de Ingenieros en el periodo 2014/2015, así como de dos contralmirantes del Cuerpo General: uno, en el ciclo 2015/16 y, otro, en el ciclo 2016/2017.
ACUERDO por el que se autoriza la celebración del acuerdo marco, y los contratos que se adjudiquen basados en el mismo cuyo valor estimado sea igual o superior a doce millones de euros, para el sostenimiento del Sistema Español de Comunicaciones Militares por Satélite (SECOMSAT), por un período de tres años, prorrogable por otros tres años más.
  • El Consejo de Ministros ha aprobado la celebración del acuerdo marco, y de los contratos derivados del mismo para el sostenimiento del Sistema Español de Comunicaciones Militares por satélite (SECOMSAT) por un importe de42.859.334,62 euros, sin IVA, con un plazo de vigencia previsto de tres años, prorrogable por otros tres años más.
  • Para ello, conforme a los criterios marcados en una Instrucción de la Secretaría de Estado de Defensa de 2008, de 15 de enero, del SEDEF, se considera que la forma óptima de contratación es mediante su racionalización técnica a través de un Acuerdo Marco, lo que permitirá armonizar el sostenimiento de esta familia de sistema mediante una dirección centralizada y una ejecución descentralizada a través de los contratos derivados del mismo.
  • La tramitación del expediente será urgente, por procedimiento negociado con publicidad, según lo establecido en la Ley de Contratos del sector público en los ámbitos de la defensa y de la seguridad.
  • La red satélite SECOMSAT pretende establecer comunicaciones de gran capacidad, a larga distancia y con alto grado de fiabilidad, de cara a permitir a las fuerzas desplegadas en la península, y fuera de ella, el acceso a sus órganos de Mando y de Apoyo Logístico a través del Sistema Conjunto de Telecomunicaciones Militares (SCTM).
Justicia
 
REALES DECRETOS de indultos.
  • El Consejo de Ministros ha aprobado un total de once Reales Decretos por los que se conceden igual número de indultos con motivo de la festividad de Semana Santa.
Educación, Cultura y Deporte
REAL DECRETO por el que se constituye la familia profesional artística de Escultura, se establece el título de Técnico Superior de Artes Plásticas y Diseño en Técnicas Escultóricas pertenecientes a dicha familia profesional artística y se fija el correspondiente currículo básico.
REAL DECRETO por el que se establece el título de Técnico Superior de Artes Plásticas y Diseño en Ebanistería Artística perteneciente a la familia profesional artística de Escultura y se fija el correspondiente currículo básico.
REAL DECRETO por el que se establece el título de Técnico Superior de Artes Plásticas y Diseño en Escultura aplicada al Espectáculo perteneciente a la familia profesional artística de Escultura y se fija el correspondiente currículo básico.
REAL DECRETO por el que se establece el título de Técnico Superior de Artes Plásticas y Diseño en Fundición Artística perteneciente a la familia profesional artística de Escultura y se fija el correspondiente currículo básico.
REAL DECRETO por el que se establece el título de Técnico Superior de Artes Plásticas y Diseño en Moldes y Reproducciones Escultóricos perteneciente a la familia profesional artística de Escultura y se fija el correspondiente currículo básico.
 
REAL DECRETO por el que se establece el título de Técnico Superior de Artes Plásticas y Diseño en Dorado, Plateado y Policromía perteneciente a la familia profesional artística de Escultura y se fija el correspondiente currículo básico.
REAL DECRETO por el que se establece el título de Técnico de Artes Plásticas y Diseño en Ornamentación Islámica perteneciente a la familia profesional artística de Escultura y se fija el correspondiente currículo básico.
REAL DECRETO por el que se establece el título de Técnico de Artes Plásticas y Diseño en Reproducciones Artísticas en Madera perteneciente a la familia profesional artística de Escultura y se fija el correspondiente currículo básico
REAL DECRETO por el que se establece el título de Técnico de Artes Plásticas y Diseño en Reproducciones Artísticas en Piedra perteneciente a la familia profesional artística de Escultura y se fija el correspondiente currículo básico.
REAL DECRETO por el que se establece el título de Técnico Superior de Artes Plásticas y Diseño en Técnicas Escultóricas en Madera perteneciente a la familia profesional artística de Escultura y se fija el correspondiente currículo básico.
REAL DECRETO por el que se establece el título de Técnico de Artes Plásticas y Diseño en Forja Artística perteneciente a la familia profesional artística de Escultura y se fija el correspondiente currículo básico.
REAL DECRETO por el que se establece el título de Técnico Superior de Artes Plásticas y Diseño en Técnicas Escultóricas en Metal perteneciente a la familia profesional artística de Escultura y se fija el correspondiente currículo básico.
REAL DECRETO por el que se establece el título de Técnico Superior de Artes Plásticas y Diseño en Técnicas Escultóricas en Piedra perteneciente a la familia profesional artística de Escultura y se fija el correspondiente currículo básico.
REAL DECRETO por el que se establece el título de Técnico Superior de Artes Plásticas y Diseño en Técnicas Escultóricas en Piel perteneciente a la familia profesional artística de Escultura y se fija el correspondiente currículo básico.
Nombramientos
REAL DECRETO por el que se nombra miembro del Consejo Económico y Social en calidad de experto a  MANUEL JESÚS LAGARES CALVO.
REAL DECRETO por el que se nombra Director General de Coordinación Estadística y de Estadísticas Laborales y de Precios del Instituto Nacional de Estadística a  MIGUEL ANGEL DE CASTRO PUENTE
REAL DECRETO por el que se nombra Director General de Productos Estadísticos del Instituto Nacional de Estadística a ALFREDO CRISTÓBAL CRISTÓBAL