Acuerdos del Consejo de Ministros del 24 de octubre de 2014
Estos son los aspectos más destacados del Consejo de Ministros del viernes 24 de octubre.
Empleo y Seguridad Social
ACUERDO por el que se aprueba la Estrategia Española de Responsabilidad Social de las Empresas 2014-2020.
- Se trata de un documento que compromete a las empresas, las Administraciones Públicas y al resto de organizaciones para avanzar hacia una sociedad y una economía más competitiva, productiva, sostenible e integradora.
- Se habilitará una herramienta telemática y un procedimiento de publicación de las memorias e informes de responsabilidad social y sostenibilidad sin cargas administrativas adicionales.
- Se avanza la constitución de un grupo de trabajo interministerial para la trasposición al ordenamiento jurídico español de la nueva Directiva sobre divulgación de información no financiera.
- Se pondrán en marcha el Observatorio de la Responsabilidad Social de las Empresas y un grupo de trabajo con las Comunidades Autónomas en la Conferencia Sectorial de Empleo y Asuntos Laborales
- El documento incluye sesenta medidas para alinear los compromisos de las organizaciones con las necesidades y preocupaciones de la sociedad española y reforzar los modelos de gestión sostenibles
Los seis principios, tal y como se recogen en el borrador, son:
- COMPETITIVIDAD. La puesta en marcha de actuaciones en materia de Responsabilidad Social se puede identificar también como una apuesta por la excelencia en la gestión de las empresas que redunda en la mejora de su posicionamiento en el mercado, en su productividad, rentabilidad y sostenibilidad.
- COHESIÓN SOCIAL. La RSE debe aumentar la eficacia de las organizaciones en la promoción de la igualdad de oportunidades y la inclusión social.
- CREACIÓN DE VALOR COMPARTIDO. La aplicación de los criterios y valores de la RSE, en colaboración efectiva con los grupos de interés, contribuye a generar y reforzar el impacto positivo. Debe, al mismo tiempo, contribuir a identificar, prevenir y eliminar los impactos negativos y crear más valor, no sólo para la propia organización que los aplica, sino también para aquellos con los que lo comparte que son los principales grupos de interés involucrados en su actividad y la sociedad en general.
- SOSTENIBILIDAD. La RSE se constituye como un instrumento para desarrollar organizaciones conscientes de su papel principal en el logro de un desarrollo humano, económico, y medioambiental sostenido en el tiempo para las sociedades en las que se integran.
- TRANSPARENCIA. La RSE contribuye a promover organizaciones ejemplares y transparentes, lo que redunda en un aumento de la credibilidad y de la confianza. Las empresas y organizaciones socialmente responsables dialogan con sus interlocutores y adquieren compromisos con sus grupos de interés, lo que facilita que éstos puedan tomar decisiones mejor informadas. Ello repercute de manera directa en su reputación de cara al resto de la sociedad.
- VOLUNTARIEDAD. La adopción de políticas de responsabilidad social es voluntaria, requiere un compromiso y supone un valor añadido al cumplimiento de la normativa vigente. El compromiso asumido voluntariamente con las partes interesadas debe ser la base del cumplimiento de las expectativas que generen las organizaciones.
Objetivos:
- Impulsar y promover la RSE, tanto en las empresas, incluidas las PYMES, como en el resto de organizaciones públicas y privadas, en sus actuaciones en los diversos ámbitos geográficos en los que operan.
- Identificar y promover la Responsabilidad Social como atributo de competitividad, de sostenibilidad y de cohesión social.
- Difundir los valores de la RSE en el conjunto de la sociedad.
- Crear un marco de referencia común para todo el territorio en materia de Responsabilidad Social de las Empresas, que garantice el cumplimiento y respeto de los principios de la Ley de Garantía de la Unidad de Mercado, del 9 de diciembre de 2013, y permita una mayor coordinación y sinergias en esta materia.
Industria
ACUERDO por el que se autoriza al Ministerio de Industria, Energía y Turismo a modificar el Plan de contribución de España a la Agencia Espacial Europea (ESA) a largo plazo para el período 2014-2022, en el marco del Consejo Ministerial de la ESA que tendrá lugar en Luxemburgo el 2 de diciembre de 2014.
- El Consejo de Ministros ha autorizado al Ministerio de Industria, Energía y Turismo a modificar el plan de contribuciones a la Agencia Espacial Europea (ESA) para el periodo 2014-2022. La modificación supone incrementar la contribución española para dicho periodo en 344,5 millones de euros, de modo que el total asciende a 1.368,5 millones de euros.
- Una vez estimadas las oportunidades industriales identificadas, se considera necesario que en el Consejo Ministerial de Luxemburgo España suscriba un compromiso adicional en programas optativos por importe de 343,5 millones de euros, así como la financiación de un Centro Incubador de Empresas en Madrid (ESA BIC Madrid) que supone una contribución adicional de un millón de euros repartido entre los ejercicios 2014 y 2015, lo que asciende a un total de 344,5 millones de euros.
- Los retornos industriales para España de las aportaciones a la Agencia Espacial Europa son superiores al 100 por 100, con 1.414 millones de euros en contratos para empresas españolas desde el año 2000. Además, el sector es de los más dinámicos y de mayor contenido tecnológico y empleo cualificado.
Asuntos Exteriores
ACUERDO por el que se dispone la remisión a las Cortes Generales del Acuerdo entre el Reino de España y el Reino de Arabia Saudí para la promoción y protección recíproca de inversiones.
- El Acuerdo tiene por objeto fomentar la cooperación económica entre los dos países y favorecer los intercambios comerciales, creando unas condiciones favorables para las inversiones de cada uno de los países en el territorio del otro.
- Las inversiones cubiertas por el Acuerdo son, entre otras, la propiedad de bienes muebles e inmuebles, así como otros derechos reales tales como hipotecas, gravámenes y prendas; acciones, obligaciones o cualquier tipo de derechos o intereses en sociedades; derechos a aportaciones monetarias o a cualquier otra prestación que tengan un valor económico y estén relacionados con una inversión; derechos de propiedad intelectual e industrial; conocimientos técnicos y fondo de comercio; derechos a realizar actividades económicas y comerciales otorgados por ley o en virtud de un contrato, incluidas las licencias, permisos o concesiones otorgados de conformidad con las leyes.
ACUERDO por el que se toma razón de una ayuda humanitaria de emergencia a la población afectada por la epidemia del ébola acontecida en Liberia, por importe de 160.000 euros.
ACUERDO de autorización de contribuciones voluntarias adicionales a Organizaciones y Programas Internacionales 2014.
Hacienda y Administraciones Públicas
ACUERDO por el que se solicita del Sr. Presidente del Gobierno la interposición de recurso de inconstitucionalidad contra los artículos 167.1, disposición transitoria 5a – apartado 2- y disposición transitoria 8a en relación con la disposición adicional 27a de la Ley 2/2014, de 27 de enero, de medidas fiscales, administrativas, financieras y del sector público de Cataluña.
- El art. 167.1 establece una prohibición -que en la práctica es absoluta- de uso de la técnica de fracturación hidráulica en el aprovechamiento de hidrocarburos en su territorio. Es una prohibición análoga a la que en su momento estableció Cantabria, mediante la Ley 1/2013, norma que ha sido anulada por sentencia del 24 de junio del Tribunal Constitucional, porque dicha regulación corresponde al Estado. La normativa básica estatal permite la fractura hidráulica y garantiza, al mismo tiempo, los valores medioambientales, supeditando los proyectos que requieran la utilización de dicha técnica a la evaluación de impacto ambiental.
ACUERDO por el que se plantea la impugnación de disposiciones sin fuerza de Ley y Resoluciones de las comunidades autónomas prevista en el artículo 161.2 de la Constitución en relación con determinados preceptos del Decreto del Gobierno de Canarias 95/2014, de 25 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de las consultas a la ciudadanía en asuntos de interés general de competencia de la Comunidad Autónoma.
ACUERDO por el que se plantea la impugnación de disposiciones sin fuerza de Ley y Resoluciones de las Comunidades Autónomas prevista en el artículo 161.2 de la Constitución en relación con el Decreto 107/2014, de 2 de octubre, del Presidente del Gobierno de Canarias, por el que se convoca consulta ciudadana mediante pregunta directa.
La impugnación del Decreto que aprueba el Reglamento de consultas a la ciudadanía se fundamenta en los siguientes motivos:
Las calificadas en el Decreto de Canarias 95/2014 como consultas ciudadanas mediante pregunta directa constituyen materialmente un auténtico referéndum, al contemplar una consulta al cuerpo electoral a través de un verdadero procedimiento electoral.
- La potestad de regulación y autorización de referéndums, sin embargo, corresponde exclusivamente al Estado, de acuerdo con los artículos 23, 81, 92 y 149.1.32a de la Constitución Española.
- Esta regulación, además, es recogida por la Ley Orgánica 2/1980, de 18 de enero, sobre regulación de las distintas modalidades de referéndum, y la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General.
ACUERDO por el que se autoriza la aplicación del Fondo de Contingencia para financiar modificaciones de crédito por importe de 169.463.574,74 euros.
ACUERDO por el que se modifican los límites establecidos en el artículo 47 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, para adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros, a fin de posibilitar al Ministerio del Interior la contratación de las obras de rehabilitación del edificio destinado al Centro Nacional para la Memoria de las Víctimas del Terrorismo.
ACUERDO por el que se modifican los límites para adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros en aplicación de lo establecido en el artículo 47 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, a fin de posibilitar al Ministerio de Fomento la realización de las actuaciones relacionadas con el 1 por 100 Cultural.
REAL DECRETO por el que se suprimen las oficinas consulares de España en Vila Real de Santo Antonio y Valença do Minho, en Portugal.
Educación, Cultura y Deporte
Se remite a las Cortes Generales PROYECTO DE LEY para la salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial.
REAL DECRETO por el que se regula la concesión de una subvención directa del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, a la Fundación Gran Teatro del Liceo, para la ejecución del Plan Estratégico y de Viabilidad 2014-2017.
- El Ministerio de Educación, Cultura y Deporte asume el 45 por 100 de las ayudas que requiere del Plan integral para la pervivencia de uno de los espacios líricos de referencia internacional
- El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se regula la concesión de una subvención de carácter extraordinario del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte destinada a la Fundación Gran Teatre del Liceu de Barcelona para la ejecución del “Plan Estratégico y de Viabilidad 2014-2017; por un importe total de 4.117.050 euros este año.
- El Plan Estratégico y de Viabilidad requiere una inversión total de más de once millones de euros de todas las administraciones públicas presentes en el patronato del Liceu, repartidos en dos ejercicios: 9,15 millones en 2014 y 1,94 millones en 2015.
Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad
ACUERDO por el que se autoriza la celebración de un Acuerdo Marco para la selección de suministradores de medicamentos para el Ministerio del Interior, varias comunidades autónomas y el Instituto Nacional de Gestión Sanitaria.
- Por primera vez, se adquirirán de forma centralizada medicamentos como el paracetamol, el omeprazol, la lamivudina o la gemcitabina
- El ahorro estimado por la compra agregada de 15.262 millones de miligramos de los medicamentos es de quince millones de euros
Decisiones de personal
REAL DECRETO por el que se designa embajador de España en la República de Singapur a D. MIGUEL ÁNGEL NAVARRO PORTERA.
REAL DECRETO por el que se designa embajador de España en el Reino de Bahrein, con residencia en Kuwait a D. CARLOS SÁENZ DE TEJADA GORMAN.
REAL DECRETO por el que se designa embajador de España en la República del Congo, con residencia en Kinshasa a D. FRANCISCO JAVIER HERGUETA GARNICA.
REAL DECRETO por el que se designa embajador de España en el Principado de Liechtenstein, con residencia en Berna a D. BERNARDO DE SICART ESCODA. Defensa
REAL DECRETO por el que se promueve al empleo de General Auditor del Cuerpo Jurídico Militar al Coronel Auditor D. CARLOS MELÓN MUÑOZ, y se le nombra Auditor Vocal Togado del Tribunal Militar Central.