Acuerdos del Consejo de Ministros del 23 de mayo de 2014

26 May 2014

Estos son los temas más destacados del Consejo de Ministros del viernes 23 de mayo:

Presidencia

ACUERDO del Gobierno para prestar su apoyo a la ciudad de Bilbao para la celebración de partidos del Campeonato Europeo de Fútbol de la UEFA 2018-2010 y otorga las garantías solicitadas en el reglamento de presentación de candidaturas.

Asuntos Exteriores y de Cooperación

ACUERDO por el que se remite a las Cortes Generales el Convenio entre España y la República de Moldova en materia de cooperación en asuntos de seguridad y lucha contra la delincuencia.
ACUERDO por el que se autoriza la firma y aplicación provisional del Acuerdo entre España y la Organización Conjunta de Cooperación en materia de Armamento para establecer una Oficina Satélite del Programa A400 en territorio español.
ACUERDO por el que se autoriza la firma del convenio entre España y Catar para evitar la doble imposición y evitar el fraude fiscal.

Hacienda y Administraciones Públicas

ACUERDO por el que se modifican los límites establecidos en el artículo de la Ley General Presupuestaria 47/2003 para posibilitar la contratación y financiación de dos Buques de Acción Marítima (BAM).

  •  Importante apoyo para el sector naval y sustitución progresiva de otros buques.
  • Los trabajos de construcción se realizarán en los astilleros de El Ferrol y Cádiz
  • Más de cuarenta millones de ciudadanos disponen de certificado electrónico.
    • El coste de fabricación se estima en 333 millones €.
AUTORIZACIÓN de crédito extraordinario, por importe de 1.554.169 euros, para cumplir una sentencia de la Audiencia Nacional que declara la responsabilidad patrimonial de la Administración y reconoce una indemnización por dicho importe  Laboratorios Ordesa SL, por los daños causados por la alerta por el brote de botulismo en Córdoba y Huelva debido al consumo de infusiones de la marca Blevit Digest.

Educación, Cultura y Deporte

ACUERDO por el que se establece el carácter oficial de 12  títulos de Grado.
ACUERDO por el que se establece el carácter oficial de 96 títulos de Máster.
ACUERDO por el que se establece el carácter oficial de 205 títulos de Doctor.

 Empleo y Seguridad Social

REAL DECRETO  por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones a los árbitros designados  a órganos de representación de los trabajadores en la empresa.

Economía y Competitividad

PROYECTO DE LEY que se remite a las Cortes por el que se modifica la Ley de Sociedades de Capital para la mejora del gobierno corporativo. Las principales medidas son las siguientes:

  • La junta de accionistas aprobará la política de remuneraciones con carácter vinculante, al menos, cada tres años.
  • Se reduce del 5% al 3% el capital necesario para ejercer los derechos de las minorías.
  • El cargo de administrador podrá ejercerse por un periodo máximo de cuatro años, frente a los seis actuales.
    • Ese establecerá un objetivo de representación en los consejos de administración para el sexo con menos presencia.
  • En las sociedades cotizadas, se incluye como competencia indelegable del consejero los riesgos fiscales, es decir, la aprobación de inversiones u operaciones que impliquen riesgo fiscal, así como la determinación de la estrategia fiscal de la sociedad.
  • En todas las sociedades, la remuneración de los administradores deberá ser razonable, acorde con la situación económica de la sociedad y con las funciones y responsabilidades que les sean atribuidas.
    • Política de remuneraciones en las sociedades cotizadas. Deberá ser aprobada por la junta y     contendrá al menos: la remuneración total a los consejeros; el sistema de remuneración en el que se  describirían los componentes; la cuantía global de la retribución fija anual;  todos los términos y  condiciones de sus contratos como primas, indemnizaciones, etc. Cualquier modificación requerirá la  aprobación previa de la junta.
  • Obligación de publicar en la memoria de las cuentas anuales el periodo medio de pago a los  proveedores. Las sociedades que no sean cotizadas y las sociedades anónimas deberán publicar esta  información en su página web.