Acuerdos del Consejo de Ministros del 21 de noviembre de 2014

24 Nov 2014

Estos son los aspectos más destacados del Consejo de Ministros del viernes 21 de noviembre.

 

Industria, Energía y Turismo

REAL DECRETO por el que se desarrolla la metodología para la fijación de los porcentajes de reparto de las cantidades a financiar relativas al bono social.

  • El bono social, de acuerdo con la Ley del Sector Eléctrico, se corresponde con la cantidad resultante de la diferencia entre el Precio Voluntario para el Pequeño Consumidor (PVPC) que pagan todos los consumidores domésticos y la tarifa de último recurso, que pagan los consumidores vulnerables que se determinen. Actualmente, existe un descuento del 25 por 100 sobre el PVPC.
  • El porcentaje de reparto de las cantidades a financiar se calculará de manera objetiva en función del número de suministros conectados a las redes de distribución y delnúmero de clientes de las empresas comercializadoras.
  • Este porcentaje de reparto se calculará anualmente por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, y se aprobará por orden del Ministerio de Industria, Energía y Turismo. conforme al procedimiento que se establece en el Real Decreto al que hoy se ha dado el visto bueno del Consejo de Ministros.
  • Así, el porcentaje se calculará, para cada grupo empresarial, como la relación entre:

Un término (numerador) que será la suma de las medias anuales del número desuministros conectados a las redes de distribución de las empresas distribuidoras y del número de clientes de las empresas comercializadoras en que participe el grupo.

  • Se establece un mecanismo de control y transparencia, ya que la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia tendrá que publicar determinada información utilizada para este cálculo en su página web, en el mes de noviembre de cada año.

REAL DECRETO por el que se designa comercializador de referencia de electricidad a CHC Comercializador de Referencia S.L.U.

  • El nuevo comercializador de referencia deberá, obligatoriamente, atender a los consumidores que opten por acogerse al PVPC, a los que cumpliendo los requisitos para acogerse al PVPC contraten un precio fijo de suministro, así como a aquellos que tengan la condición de vulnerables, debiendo en este caso, ofrecerles el bono social.
  • La empresa designada cumple, de acuerdo con el informe de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia del 16 de octubre pasado, con el requisito necesariopara poder ser designado comercializador de referencia a nivel nacional, al formar parte de un grupo empresarial de más de cien mil clientes de media en los últimos doce meses.

ACUERDO por el que se resuelven las Reclamaciones de Responsabilidad Patrimonialformuladas por las personas y físicas y jurídicas que se relacionan en el Anexo, en solicitud de indemnizaciones por los daños producidos como consecuencia de las medidas adoptadas por el Real Decreto Ley 14/2010, de 23 de diciembre, por el que se establecen medidas urgentes para la corrección del déficit tarifario del sector eléctrico.

  • Se desestiman diversas reclamaciones de responsabilidad presentadas por nueve empresas fotovoltaicas por los daños y perjuicios que argumentaban que les habían ocasionado el Real Decreto Ley 4/2010, del 23 de diciembre de 2010, para la corrección del déficit tarifario del sector eléctrico.
  • Desestima estas reclamaciones y cuenta con el dictamen favorable del Consejo de Estado. La desestimación se funda en, por una parte, en la ausencia de un pronunciamiento del Tribunal Constitucional en el que se declare la inconstitucionalidad del referido Real Decreto Ley de 2010.
  • Fundamentación. Este Acuerdo estima que la limitación de las horas de funcionamiento con derecho a prima de las plantas fotovoltaicas acogidas el régimen retributivo del Real Decreto del 25 de mayo de 2007 no da lugar a un perjuicio antijurídico. Además, se añade que la concepción de la seguridad jurídica es inapropiada en un sector novedoso como el de las energías renovables que requiere ajustes sucesivos. Por ello, son legítimos los cambios que se produzcan en el régimen de primas, siempre que no menoscaben el derecho a la retribución razonable.

 

Hacienda y Administraciones Públicas

ACUERDO por el que se solicita del Sr. Presidente del Gobierno la interposición del recursode inconstitucionalidad contra determinados artículos de Ley de Cataluña 3/2014, de 19 de febrero, de horarios comerciales y de medidas para determinadas actividades de promoción.

  • La regulación de la Generalitat vulnera la legislación estatal dictada en la materia, al establecer un régimen más restrictivo para la libertad comercial que el contemplado en la normativa básica estatal aplicable en todo el territorio nacional en los siguientes aspectos:
  1. El máximo de horario semanal de apertura comercial que establece la Generalitat, 72 horas, contraviene la regulación estatal que establece que dicha limitación máxima tiene que ser como mínimo de 90.
  2. Dispone la Ley de Cataluña la exclusión del horario comercial general de los establecimientos comerciales de venta personalizada o en régimen de autoservicio, siempre que la superficie de exposición y venta de éstos no supere los 150 m2. Esta disposición va contra lo establecido por la legislación básica, que define los establecimientos que gozarán de plena libertad horaria a los que tengan una superficieinferior a 300 m2.
  3. Los criterios para la consideración de municipio turístico que establece la normativa autonómica no cumplen los mínimos que reconoce la normativa básica sobre zonas de gran afluencia turística.
  4. Los períodos estacionales para la venta en rebajas que dispone la Generalitat tampoco respetan la regulación básica, que establece la libertad de los comerciantes para determinar tanto los periodos en los que se efectuará la venta en rebajas, como su duración.

ACUERDO por el que se concede un suplemento de crédito en el presupuesto del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales, para hacer frente a las ayudas a la amortización de largometrajes a las empresas productoras, derivadas de la Ley 55/2007,del Cine.

  • El Consejo de Ministros ha aprobado la concesión de un suplemento de crédito, es decir, una modificación para incorporar al presupuesto del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales (ICAA) una nueva dotación procente del remanente de tesorería del ICAA, para hacer frente a las ayudas a la amortización de largometrajes a las empresas productoras de obras estrenadas a lo largo de 2012. El importe de la dotación es de dos millones de euros.

ACUERDO por el que se ratifica la autorización provisional para la suscripción de sendos Convenios de colaboración entre el Ministerio de Economía y Competitividad y las comunidades autónomas de Castilla y León, Cataluña, Madrid, y la Comunidad Foral de Navarra, para financiar la incorporación estable durante el año 2013 de investigadores con una trayectoria investigadora destacada.

  • La Administración General del Estado transfiere 1.300.000 euros para la contratación de diez investigadores de carácter permanente en centros de I+D de estas Comunidades Autónomas. Para poder optar a esta financiación, los investigadores deben haber concluido el programa Ramón y Cajal y acreditar una producción científica-tecnológica de calidad.

ACUERDO por el que se modifican los límites establecidos en el artículo 47 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, para adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros en la Dirección General de la Policía del Ministerio del Interior, para proceder a la firma de una encomienda de gestión con la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda, para la elaboración, fabricación y prestación de servicios industriales y técnicos para la producción y puesta a disposición de diversos documentos oficiales de identificación y de viaje.

ACUERDO por el que se toma conocimiento del Informe general sobre los principales resultados de la ejecución de las auditorías de las cuentas anuales 2013, Plan Auditorías 2014, elaborado por la Intervención General de la Administración del Estado.

  • En el Plan de Auditoría 2014 se prevé la emisión de 229 informes de cuentas de entidades del sector público estatal y de dieciséis grupos consolidados. Se incluye también la auditoría de doce consorcios del sector público. En el momento de elaboración del Informe han sido finalizadas el 93 por 100 de las auditorías previstas en el plan.

Interior

Se remite a las Cortes Generales PROYECTO DE LEY ORGÁNICA de Régimen de Personal del Cuerpo Nacional de Policía.

ACUERDO por el que se autoriza la contratación de los servicios necesarios para el escrutinio provisional y otros servicios complementarios con motivo de las elecciones locales 2015, por un valor estimado de 14.300.000 euros.

  • De conformidad con el artículo 42.3 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG), el 24 de mayo de 2015 se celebrarán elecciones locales, de manera concurrente con las elecciones, de competencia autonómica, a las Asambleas Legislativas de Aragón, Asturias, Illes Balears, Cantabria, Canarias, Castilla-La Mancha, Castilla y León, Extremadura, Madrid, Murcia, Navarra, La Rioja y Comunidad Valenciana. Se celebrarán también elecciones a Juntas Generales de Territorios Históricos en Álava, Guipúzcoa y Vizcaya.
  • Por lo que respecta a la cuantía económica del contrato, el presupuesto base de licitación es de 13.000.000 euros (ya que el valor estimado de 14.300.000 euros incluye un posible incremento del 10 por 100 ante eventuales modificaciones).

Presidencia

REAL DECRETO por el que se regula el procedimiento de evaluación de productos fitosanitarios.

Educación, Cultura y Deporte

REAL DECRETO por el que se establecen los requisitos y el procedimiento para la homologación y declaración de equivalencia a titulación y a nivel académico universitario oficial y para la convalidación de estudios extranjeros de educación superior, y el procedimiento para determinar la correspondencia a los niveles del marco español de cualificaciones para la educación superior de los títulos oficiales de Arquitecto, Ingeniero, Licenciado, Arquitecto Técnico, Ingeniero Técnico y Diplomado.

  • Para las personas que tienen un título universitario obtenido en el extranjero se adaptan los procedimientos de homologación y equivalencia al Espacio Europeo de Educación Superior:
  1. Equivalencia a un nivel académico, de Grado o de Máster, con indicación del área de conocimiento.
  2.  Homologación, en el caso de títulos universitarios oficiales que den acceso a profesiones reguladas.
  3. Convalidación de estudios parciales.
  •  Para las personas con títulos obtenidos en España antes del plan Bolonia se crea un procedimiento para declarar la correspondencia de sus títulos a los niveles del Marco Europeo de Educación Superior (MECES):
  1.  Implica un examen y valoración por la Agencia Nacional de Evaluación y Calidad de la Acreditación (ANECA) de todas las antiguas titulaciones. Su valoración resulta muy apropiada porque ha verificado los títulos actualmente vigentes y puede valorar las competencias que permiten adquirir cada uno de los títulos.

Agricultura, Pesca y Alimentación

REAL DECRETO por el que regula el reconocimiento de las organizaciones de productores, la extensión de las normas, las relaciones contractuales y la comunicación de información en el sector del tabaco crudo.

  • Los nuevos textos legales adaptan la legislación nacional a la nueva normativacomunitaria aprobada en el marco de la reforma de la PAC
  • En el caso de frutas y hortalizas se dota de mayor seguridad jurídica a administraciones y organizaciones
  • En relación con el tabaco crudo, la nueva norma da continuidad al importante entramado organizativo del sector productor, convirtiendo las actuales agrupaciones de productores en organizaciones de productores

REAL DECRETO por el que se modifica el Real Decreto 1972/2008, de 28 de noviembre, sobre reconocimiento de organizaciones de productores de frutas y hortalizas y el Real Decreto 1337/2011, de 3 de octubre, por el que se regulan los fondos y programas operativos de las organizaciones de productores de frutas y hortalizas.

Asuntos Exteriores y Cooperación

ACUERDO por el que se dispone la remisión a las Cortes Generales del Acuerdo entre el Reino de España y la República de Eslovenia para el intercambio y protección recíproca deinformación clasificada.

ACUERDO por el que se aprueba la firma «ad referéndum» del Acuerdo de Asociación entre la Unión Europea y la Comunidad Europea de la Energía Atómica y sus Estados miembros, por una parte, y Ucrania, por otra, y se dispone su remisión a las Cortes Generales.

ACUERDO por el que se toma conocimiento de la modificación del artículo 7 de los Estatutos de la Sociedad Europea para el financiamiento de material ferroviario.

Acuerdos de personal

REAL DECRETO por el que se nombra directora general de la Función Pública a ELENA COLLADO MARTÍNEZ.  Licenciada en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid y pertenece al Cuerpo Superior de Administradores Civiles del Estado desde 1995. En el año 2010 fue nombrada Directora General de Presupuestos y Recursos Humanos en esa Administración Autonómica, puesto que ha desempeñado hasta la actualidad.