Acuerdos del Consejo de Ministros del 13 de marzo de 2015
GOBIERNO. España. Acuerdos del Consejo de Ministros de hoy.
Industria, Energía y Turismo
REAL DECRETO por el que se modifica el Reglamento sobre instalaciones nucleares y radiactivas, para su adaptación a la Ley 20/2013, de 9 de diciembre, de garantía de la unidad de mercado.
- Esta adaptación evitará que una Comunidad Autónoma pueda rechazar que opere en su territorio el titular de una instalación radiactiva de segunda o tercera categoría (las de hospitales, laboratorios, industrias agrícolas o comerciales) que ya cuenta con autorización para funcionar en otra Comunidad.
- Se mantiene el requisito de que el titular de la instalación comunique a la Comunidad Autónoma la decisión de que va a operar en su territorio y podrá ejercer su actividad desde el momento en que haga efectiva dicha comunicación. Se consigue, de este modo, que las autorizaciones exigidas para realizar esta actividad tengan validez para todo el territorio nacional sin condición alguna.
- Eliminación de trabas. Con esta modificación se eliminan trabas innecesarias y, sin afectar a la seguridad, se crea un entorno más favorable a la competencia y a la inversión que repercute también en los consumidores y usuarios, ya que tendrán un mayor acceso a productos y servicios. Para el sector supone una mejora sensible, ya que muchas de sus actividades consisten en labores por encargo con unas fechas de ejecución ajustadas.
- Se mantiene la competencia del Ministerio de Industria, Energía y Turismo en la autorización de las instalaciones nucleares y las instalaciones radiactivas de primera categoría: centrales y reactores nucleares y fábricas e instalaciones que utilizan combustibles nucleares.
ACUERDO por el que se autoriza al Ministerio de Industria, Energía y Turismo a suscribir una Adenda al Convenio de colaboración de 19 de enero de 2009 con el Instituto de Crédito Oficial para instrumentar la Línea de Financiación del Plan Renove de Turismo 2009, Línea de Financiación ICO-Renove Turismo 2009.
ACUERDO por el que se autoriza al Ministerio de Industria, Energía y Turismo a suscribir una Adenda al Convenio de colaboración de 3 de septiembre de 2009 con el Instituto de Crédito Oficial para instrumentar la Línea de Crédito para la Mejora de la Sostenibilidad del Sector Turístico, Plan FuturE 2009.
REAL DECRETO por el que se modifica el Real Decreto 1588/2009, de 16 de octubre, por el que se regula la concesión directa de préstamos para la participación de subcontratistas de primer nivel establecidos en España en el Programa de Desarrollo de la nueva familia deAviones AIRBUS A350 XWB y de su motor TRENT XWB.
- Se amplía en un año el ámbito temporal, de modo que los préstamos se concederán durante el período 2009-2015; es decir, se extiende un año más que el contemplado inicialmente sin alterar el importe de los préstamos. Asimismo, se dispone que los préstamos tendrán una mayor carencia y duración que los inicialmente previstos (quince años) cuando existan circunstancias extraordinarias, como reestructuraciones empresariales.
- La medida adoptada en este Real Decreto garantiza el buen término de la participación de Alestis en el programa del A350 XWB, considerado por el Gobierno como estratégico para la industria establecida en España y da cumplimiento a los compromisos del Ministerio de Industria, Energía y Turismo recogidos en el plan de viabilidad de Alestis aprobado por sus acreedores,
- De este modo, se afianzará la confianza de Airbus en el tejido aeronáuticoespañol, algo fundamental teniendo en cuenta que este sector depende en gran medida de su participación en los programas liderados por esta empresa.
REAL DECRETO por el que se crea la Comisión Técnica para la ejecución del programa de apoyo a la celebración del 60 Aniversario de la Escuela de Organización Industrial.
Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente
REAL DECRETO por el que se regula el traslado de residuos en el interior del territorio del Estado.
- Se refuerza la protección ambiental, se aumenta su control, se actualiza la legislación suprimiendo algunos trámites innecesarios y obsoletos y se adapta al régimen comunitario de traslado de residuos
- Supondrá un ahorro significativo de costes tanto para las empresas como para las administraciones, debido a la unificación y a la presentación telemática de los documentos
- La norma introduce nuevos instrumentos para mejorar la trazabilidad y el controlde los residuos, como el contrato de tratamiento y el documento de identificación, que acompaña al residuo durante su traslado, y cumple, igualmente, la finalidad de servir de acreditación documental de la entrega del residuo a la instalación de destino para su tratamiento. Se trata de una nueva regulación de ciertos aspectos relevantes para el control y la vigilancia de los traslados y el correcto tratamiento de los residuos.
- Además, para determinados traslados se incorporan medidas de control por parte de las Comunidades Autónomas mediante la notificación previa de traslado, para garantizar que se cumplen los principios fundamentales de la Ley de Residuos.
- La norma introduce nuevos instrumentos para mejorar la trazabilidad y el control de los residuos, como el contrato de tratamiento y el documento de identificación, que acompaña al residuo durante su traslado, y cumple, igualmente, la finalidad de servir de acreditación documental de la entrega del residuo a la instalación de destino para su tratamiento. Se trata de una nueva regulación de ciertos aspectos relevantes para el control y la vigilancia de los traslados y el correcto tratamiento de los residuos.
REAL DECRETO por el que se modifica el Real Decreto 1625/2011, de 14 de noviembre, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas al fomento de lasrazas autóctonas españolas.
REAL DECRETO por el que se aprueba el Reglamento de procedimiento del régimen sancionador en materia de pesca marítima en aguas exteriores.
REAL DECRETO por el que se modifica el Reglamento de desarrollo parcial de la Ley 26/2007, de 23 de octubre, de Responsabilidad Medioambiental, aprobado por el Real Decreto 2090/2008, de 22 de diciembre.
- El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se modifica el Reglamento de desarrollo parcial de la Ley de responsabilidad medioambiental, aprobado por un Real Decreto del 22 de diciembre de 2008.
- Se modifican varios artículos para mejorar el funcionamiento del sistema de garantías financieras, cuando éstas entren en vigor y se llevan a cabo otras modificaciones para corregir o mejorar ciertos aspectos de la redacción original del reglamento de desarrollo parcial de la citada Ley de responsabilidad medioambiental.
Hacienda y Administraciones Públicas
ACUERDO por el que se autoriza la celebración del acuerdo marco para la adopción de tipo del suministro de energía eléctrica y determinados contratos basados en el mismo.
- El Consejo de Ministros ha autorizado el acuerdo marco para la contratación centralizada del suministro de energía eléctrica en la Administración General del Estado y sus organismos dependientes en todo el territorio nacional.
- El importe, estimado en 750 millones de euros para un periodo de tres años, generará unos ahorros de, al menos, 54 millones de euros.
- Agrupará los más de 350 contratos existentes actualmente, lo que facilitará el ahorro energético y un mejor control de la facturación
- La contratación centralizada permitirá un mejor conocimiento del gasto en electricidad, lo que contribuirá a impulsar las políticas de ahorro y eficiencia energética que se vienen realizando.
REAL DECRETO por el que se modifica el Real Decreto 508/2001, de 11 de mayo, por el que se aprueba el Estatuto del Instituto Nacional de Estadística, así como el Real Decreto 1036/1990, de 27 de julio, por el que se regula la naturaleza, funciones, composición, organización y funcionamiento de la Comisión Interministerial de Estadística, y el Real Decreto 390/1998, de 13 de marzo, por el que se regulan las funciones y estructura orgánica de las Delegaciones de Economía y Hacienda.
ACUERDO por el que se ratifica la autorización provisional para la suscripción del Convenio de colaboración entre el Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF) y la Comunidad Autónoma de La Rioja en materia de prevención y lucha contra los incendios forestales.
ACUERDO por el que se autoriza a la Comunidad Autónoma de Aragón a formalizar préstamos a largo plazo y emitir deuda pública por un importe máximo de 238.562.419,17 euros.
ACUERDO por el que se autoriza a la Comunitat Valenciana a formalizar préstamos a largo plazo y emitir deuda pública por un importe máximo de 2.500.000.000 de euros.
ACUERDO por el que no se autoriza al Ayuntamiento de Cogollos Vega (Granada), a realizar una consulta popular relativa a si se ha de mantener la concesión otorgada para la gestión de los servicios del ciclo integral del agua en el municipio.
ACUERDO por el que se autoriza la concesión de una subvención nominativa a la Comunidad Autónoma de Aragón, para la financiación de inversiones en la provincia de Teruel, por un importe de 30.000.000 de euros en el año 2015.
ACUERDO por el que se solicita del Sr. Presidente del Gobierno la interposición de recurso de inconstitucionalidad contra la Ley Foral 24/2014, de 2 de diciembre, reguladora de los colectivos de usuarios de cannabis en Navarra.
- El Gobierno considera que la regulación navarra invade las competencias estatales sobre legislación penal, seguridad pública, bases de la Sanidad y legislación de productos farmacéuticos, reconocidas por el artículo 149.1 de la Constitución Española, al regular el consumo de cannabis más allá de los límites admitidos por la legislación estatal.
- En este sentido, la Ley Foral regula las condiciones para ser integrante de los clubes y el suministro de cannabis a los mismos, en contra de los criterios admisibles para que el consumo de esta sustancia no sea castigado penalmente.
- La propia existencia de estos clubes permanentes se aleja de la excepcionalidad penal del consumo compartido que establece la Jurisprudencia, que requiere un consumo esporádico, de pocas personas, íntimo, sin trascendencia y de cantidad insignificante.
Fomento
INFORME sobre el Anteproyecto de Ley del Sector Ferroviario.
- El texto refuerza los mecanismos para una planificación rigurosa de las infraestructuras ferroviarias, exigiendo que existan las fuentes de financiación suficientes. Se establecentres instrumentos:
- La «Estrategia Indicativa» a elaborar por el Ministerio de Fomento, como instrumento de planificación de la infraestructura: desarrollo, mantenimiento y renovación.
- Un «Programa de Actividad» a elaborar por los administradores de infraestructuras (ADIF, ADIF-AV), según la «Estrategia indicativa», y que deberá recoger la previsión de actuaciones a realizar y una previsión orientativa de sus cánones para los próximos cinco años.
- Un convenio ADIF/ADIF-AV-Ministerio de Fomento que establezca los objetivos a alcanzar por ADIF y las aportaciones económicas del Estado.
- Sistema de cánones. Igualmente, se establece un nuevo sistema de cánones con el objetivo de incrementar el uso de la red de ferrocarriles española. Entre otras novedades, destaca la supresión del canon anual de acceso a la red y la bonificación de la puesta en marcha de nuevos servicios ferroviarios.
- Junto a ello, se incluyen nuevas medidas para mejorar la competitividad del transporte ferroviario de mercancías como son:
- El establecimiento de medidas liberalizadoras de los servicios que se prestan en las terminales ferroviarias públicas, que supondrán una reducción de costes.
- La imposición de nuevas condiciones de transparencia para la actuación de los administradores de infraestructuras.
- Simplificación del régimen tarifario y de las autorizaciones necesarias.
- La eliminación del canon de acceso supone eliminar una importante barrera a la entrada.
- El impulso del papel de los puertos como administradores de las infraestructuras ferroviarias dentro de su dominio público.
- El transporte de viajeros. En materia de transporte de viajeros se imponen a los operadores condiciones para garantizar un funcionamiento transparente del mercado, como son la obligación de aportar al Ministerio de Fomento información estadística y contable o la obligación de llevar cuentas separadas entre las actividades de mercancías y viajeros, y dentro de los de viajeros, entre los servicios comerciales y los servicios declarados de obligaciones de servicio público.
- Además, se establece que las empresas deben contar con un plan de asistencia a víctimas y se recogen los derechos de las víctimas de accidentes.
ACUERDO por el que se autoriza la celebración del contrato de ejecución de las obras del proyecto de construcción de montaje de vía para el incremento de capacidad en las líneas dealta velocidad entre Madrid, Atocha, y Torrejón de Velasco y del ramal dirección Sevilla de la conexión de la LAV Madrid-Levante con la LAV Madrid-Sevilla. Valor estimado del contrato de 28.540.754,21 euros.
ACUERDO por el que se revisan y modifican los tipos de interés efectivos anuales vigentes para los préstamos cualificados o convenidos concedidos en el marco del programa 1997 delPlan de Vivienda 1996-1999, Plan de Vivienda 2002-2005 y Plan de Vivienda 2005-2008.
- La normativa vigente que regula el funcionamiento de los distintos Planes de Vivienda establece que en el primer trimestre de cada año procede revisar y modificar, en su caso, el tipo de interés efectivo anual aplicable a los préstamos concedidos en los mencionados programas.
- Los criterios que se siguen para la revisión de estos tipos se fijan en la normativa de cada uno de los planes de vivienda. Su determinación está reglada.
- Con carácter general, la revisión se realiza en función de la evolución de los tipos de referencia del mercado que son publicados por el Banco de España, tomando como referencia la variación de los últimos meses.
ACUERDO por el que se declara la urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por el expediente de expropiación forzosa denominado «Proyecto de expropiación forzosa de terrenos para la regularización patrimonial del Aeropuerto de Vigo (2ª fase)» en el término municipal de Mos (Pontevedra).
Empleo y Seguridad Social
ACUERDO por el que se solicita del Consejo Económico y Social la emisión de dictamensobre el Anteproyecto de Ley Ordenadora del Sistema de Inspección de Trabajo y Seguridad Social en el plazo máximo de 10 días.
INFORME sobre el Anteproyecto de Ley Ordenadora del Sistema de Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
- Se configura a la Inspección de Trabajo como un Organismo Autónomo, con mayor participación de las Comunidades Autónomas y los agentes sociales.
- Se crea también una nueva Oficina de Lucha contra el Fraude que permitirá fortalecer la colaboración entre todas las Administraciones.
- Se incrementa la capacidad de la Inspección de Trabajo en materia de prevención de riesgos laborales mediante la creación de una Escala de Subinspectores de Seguridad y Salud en el Trabajo.
- Oficina Nacional de Lucha contra el Fraude. Otro de los objetivos del Anteproyecto de Ley es seguir mejorando la eficacia de las actuaciones contra el fraude laboral. Para ello, se creará dentro del Organismo Autónomo Inspección de Trabajo y Seguridad Social una Oficina Nacional de Lucha contra el Fraude.
- De esta Oficina formarán parte todos los organismos implicados en la lucha contra el fraude laboral y tendrá como funciones la detección del fraude, la programación y ejecución de actuaciones inspectoras y la evaluación de resultados.
Justicia
Se remite a las Cortes Generales PROYECTO DE LEY ORGÁNICA de modificación de la Ley de Enjuiciamiento Criminal para el fortalecimiento de las garantías procesales y la regulación de las medidas de investigación tecnológica.
Se remite a las Cortes Generales PROYECTO DE LEY de modificación de la Ley de Enjuiciamiento Criminal para la agilización de la justicia penal y el fortalecimiento de las garantías procesales.
- Agiliza la justicia penal, fortalece las garantías procesales y amplia el decomiso.
- Dos Proyectos de Ley, uno de Ley Orgánica y otro de Ley Ordinaria, adaptan esta norma dictada en 1882 a la realidad actual.
- La instrucción tendrá un plazo máximo de seis meses o de 18 cuando la investigación sea compleja.
- El término «imputado» se sustituye por «investigado» en la fase de instrucción y por «encausado» tras el auto formal de acusación.
- Las sentencias de las Audiencias Provinciales serán revisadas en segunda instancia por los Tribunales Superiores de Justicia y las de la Audiencia Nacional por una Sala de Apelación propia.
- Permite que los penados por sentencias españolas que resulten absueltos por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos soliciten la revisión de sus sentencias.
- Regula un proceso de decomiso autónomo que permite actuar contra todo el patrimonio de un penado.
- Atestados policiales sin autor conocido. Los atestados policiales sin autor conocido, salvo que se vea comprometida la vida, la integridad física o la indemnidad y libertad sexuales, no se remitirán a los Juzgados, donde son archivados inmediatamente, sino que serán conservados por la Policía Judicial a disposición de jueces y fiscales. Esto contribuirá a descongestionar los juzgados de expedientes que generan tareas meramente burocráticas, lo que permitirá a los jueces centrarse así en las investigaciones.
- Recurso de revisión. Se establece en el ordenamiento español el recurso de revisión como vía para dar cumplimiento a las sentencias del Tribunal Europeo de Derechos Humanos que declaren que se ha vulnerado el Convenio Europeo de Derechos Humanos en un procedimiento penal. Esto ha conllevado una modificación de los motivos por los que se puede impugnar una sentencia penal por esta vía excepcional.
Asuntos Exteriores y Cooperación
ACUERDO por el que se dispone la remisión a las Cortes Generales del Protocolo entre el Reino de España y Canadá que modifica el Convenio entre España y Canadá para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio, firmado en Ottawa el 23 de noviembre.
ACUERDO por el que se dispone la remisión a las Cortes Generales del Protocolo del Acuerdo de Estabilización y Asociación entre las Comunidades Europeas y sus Estados Miembros, por una parte, y la República de Serbia, por otra, para tener en cuenta la adhesión de la República de Croacia a la Unión Europea, así como su aprobación.
ACUERDO por el que se toma conocimiento de la adhesión de la República de Lituania al Tratado constitutivo del Mecanismo Europeo de Estabilidad, así como del texto consolidado de dicho tratado.
- El Tratado constitutivo del Mecanismo Europeo de Estabilidad (MEDE) de febrero de 2012 estipula que todos los Estados miembros de la zona del euro serán miembros del MEDE. Lituania se ha incorporado a la zona euro, que pasa de dieciocho a diecinueve Estados miembros, y presentó su solicitud de adhesión al MEDE en agosto de 2014. El Consejo de Gobernadores del MEDE aprobó en octubre de 2014 la solicitud de adhesión del nuevo miembro.
- Las modificaciones que la adhesión de Lituania han provocado en el Tratado consolidado se refieren a aspectos tales como la inclusión de este Estado como integrante del mismo o a la regulación del capital autorizado así como la clave de contribución de Lituania al MEDE (0,4063 por 100). Como nuevo integrante, a Lituania le corresponden 28.634 acciones y un capital suscrito de 2.863,4 millones de euros.
Presidencia
ACUERDO por el que se autoriza la firma del Convenio del Consejo de Europa sobre la lucha contra el tráfico de órganos humanos.
Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad
REAL DECRETO por el que se regula el catálogo homogéneo de equivalencias de las categorías profesionales del personal estatutario de los servicios de salud y el procedimiento de su actualización.
- El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se regula el catálogo homogéneo de equivalencias de las categorías profesionales del personal estatutario de los servicios de salud y el procedimiento de su actualización.
- Se trata de un instrumento que permitirá garantizar la movilidad de estos profesionales en todo el Sistema Nacional de Salud.
- En virtud de esta norma, el personal estatutario (médicos, enfermeros, personal no sanitario, etcétera) podrá acceder a plazas vacantes en otras Comunidades Autónomas, mejorando la calidad de la asistencia y haciendo efectiva la garantía de su movilidad, tal y como recoge la Ley de Calidad y Cohesión de 2003.
- De este modo, los concursos de traslado convocados por los distintos servicios de salud deberán cumplir unos criterios básicos:
- Especificar la categoría equivalente, que será la propia en la que se oferten plazas, y la de referencia.
- Con la finalidad de garantizar el conocimiento y la difusión a todo el personal estatutario afectado que resulte con derecho a participar en estas convocatorias, deberá dejarse constancia en las mismas de las categorías afectadas en las que se pretenda ofertar plazas a Se declaran equivalentes las categorías que aparecen en el catálogo respecto de la categoría de referencia a la que se equiparan.
- Las convocatorias cumplirán con la necesaria coordinación interregional y deberá primar el principio de colaboración entre todos los servicios de salud.
- El acceso a las categorías de referencia mediante la participación en un concurso de traslado precisará que el aspirante se encuentre encuadrado, en su categoría de origen, en la especialidad o categoría específica en que se oferten plazas.
- Enfermeros especialistas. Asimismo, también se prevé la necesidad de que, por parte de las Comunidades Autónomas que no lo hayan hecho, se proceda a la creación de las categorías de enfermeros especialistas como elemento que suponga la implementación, en el ámbito del Sistema Nacional de Salud, de las especialidades de enfermería.
Nombramientos
REAL DECRETO por el que se nombra Directora Ejecutiva de la Agencia Española de Consumo, Seguridad Alimentaria y Nutrición a TERESA ROBLEDO DE DIOS. Después de desempeñar diversos puestos en la Dirección General del Salud Pública del Ministerio de Sanidad en los años 90, en 2002 fue nombrada jefa del Área de Prevención de esa Dirección General y en enero de 2007, secretaria del Plan Nacional sobre el Sida. En noviembre de 2009 pasó a desempeñar el cargo de coordinadora de programas en el Gabinete de la Secretaría General de Sanidad y Consumo y desde mayo de 2012 era coordinadora de la Estrategia NAOS sobre nutrición, actividad física y prevención de la obesidad de la Agencia Española de Consumo, Seguridad Alimentaria y Nutrición.