Acuerdos del Consejo de Ministros del 13 de diciembre de 2013
Actividad del Gobierno. Consejo de Ministros. España
Estos son los temas más destacados del Consejo de Ministros de hoy, viernes 13 de diciembre, por áreas:
Economía y Competitividad
INFORME del ministro de Economía y Competitividad sobre el Anteproyecto de Ley por el que se modifica la Ley de Sociedades de Capital, cuyo fin es mejorar el gobierno corporativo de estas sociedades, a partir de las propuestas de modificaciones normativas planteadas por la Comisión de Expertos en materia de Gobierno Corporativo creada por un Acuerdo del Consejo de Ministros del 10 de mayo de 2013. Los puntos principales del anteproyecto son:
- Competencias de la Junta General de Accionistas:
- Para todas las sociedades, se permite a la Junta impartir instrucciones de gestión, se establece la obligación de votar separadamente los asuntos independientes, se amplía la regulación de conflictos de intereses de los socios y se amplía el plazo de impugnación de los 40 días a 1 año.
- Para las sociedades cotizadas, se le atribuye la decisión sobre operaciones cuyo volumen supere el 25% de los activos de la sociedad, se reduce del 5 al 3% el capital social necesario para ejercer derechos de minoría, se rebaja el plazo máximo para solicitar información de 7 a 5 días antes de la Junta y se regulan las asociaciones y foros de accionistas.
- Administración de la sociedad:
- Para todas las sociedades, se tipifican de forma más precisa los deberes de diligencia y lealtad, se facilita la interposición de la acción social de responsabilidad y se fijan las facultades indelegables del Consejo.
- Para las sociedades cotizadas, se establecen los requisitos para el nombramiento de presidente y consejero ejecutivo en una misma persona, se establece la figura del consejero independiente coordinador, se dispone la obligación de que el Consejo realice una evaluación anual de su funcionamiento y de que constituya una comisión de nombramientos y retribuciones, y se propone que el periodo máximo de cada nombramiento no exceda de 4 años, frente a los 6 actuales.
- Retribución de las sociedades:
- Para todas las sociedades, se establecen los criterios generales de remuneración de los administradores y se clarifica el régimen de retribuciones de los consejeros delegados, a aprobar por una mayoría cualificada del Consejo.
- Para las sociedades cotizadas, se dispone que la política de remuneraciones deberá ser aprobada por la Junta al menos cada 3 años, requiriendo cualquier modificación la aprobación de la Junta y sometiéndose al voto consultivo de ésta el informe anual sobre remuneraciones .
Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente
APROBADO el Programa Estatal de Prevención de Residuos 2014-2020 para lograr su reducción en un 10 por 100, programa que se articula en torno a cuatro líneas estratégicas destinadas a incidir en los elementos clave de la prevención de residuos:
- Disminución de la cantidad de residuos.
- Reutilización y alargamiento de su vida útil.
- Reducción del contenido de sustancias nocivas en materiales y productos.
- Reducción de sus impactos sobre la salud humana y el medio ambiente.
El Programa diferencia tres grupos de medidas de prevención:
- Las que afectan al establecimiento de las condiciones en la generación de residuos (marco jurídico normativo, de planificación y de actuación de las administraciones).
- Las relativas a la fase de diseño, producción y distribución de los productos.
- Las que se refieren a la fase de consumo y uso.
Fomento
1) REAL DECRETO LEY para la segregación de ADIF en dos entidades públicas empresariales diferenciadas, adscritas ambas al Ministerio de Fomento pero con personalidad jurídica y patrimonio propios: ADIF y ADIF Alta Velocidad.
- El objetivo fundamental de la segregación es el cumplimiento de las modificaciones operadas por el Sistema Europeo de Cuentas (SEC 2010) y los nuevos criterios contables establecidos en el mismo.
- Financiación:
- ADIF Alta Velocidad se financiará con ingresos de mercado procedentes de los operadores ferroviarios y otras fuentes, asumiendo igualmente la deuda derivada de los bienes patrimoniales transmitidos para garantizar su sostenibilidad financiera.
- ADIF se financiará, además de con los ingresos percibidos de los operadores, con transferencias desde el presupuesto estatal, por lo que computará en el sector de las administraciones públicas en términos de Contabilidad Nacional.
El Real Decreto Ley también incluye una modificación de la Ley de Hidrocarburos de 1998 para culminar la trasposición de una Directiva comunitaria de 2009 sobre reservas de petróleo:
- No implica cambios sustanciales en relación al esquema actual de obligaciones para los agentes del sector.
- Se introducen los conceptos recogidos en la Directiva de «reservas de emergencia», «reservas comerciales» y «reservas específicas».
- Se introduce a nivel legal la obligación de mantener, de forma permanente, un nivel de reservas de emergencia por razones de seguridad de suministro que corresponderá a la mayor de las siguientes cantidades: 61 días de consumo interno diario o 90 días de importaciones netas diarias medias, obligación que, hasta ahora, estaba fijada a nivel reglamentario en términos similares.
- Se designa expresamente a CORES como Entidad Central de Almacenamiento designada por España, con la consiguiente adecuación a los procedimientos establecidos en la Directiva de los procedimientos existentes de identificación, verificación, contabilidad, estadísticas y control de reservas, así como los de comunicación entre los sujetos obligados y la autoridad competente.
- Se actualiza el régimen sancionador en relación con las obligaciones de información y comunicación de los agentes económicos a las Entidades Centrales de Almacenamiento.
El Real Decreto Ley también modifica el artículo 108.2 de la Ley General Presupuestaria para habilitar que el Ministro de Economía y Competitividad puede autorizar la realización de operaciones de depósito a plazo y colocación de fondos en cuentas tesoreras, modificación cuya urgencia viene dada por la inminente decisión, por parte del Banco Central Europeo, de no retribuir o, incluso, penalizar el depósito de fondos de las entidades del sector público de los distintos Estados miembros en los bancos centrales después del cierre diario de operaciones.
2) AUTORIZADO el contrato entre el Gobierno y Renfe-Operadora para la prestación de los servicios públicos de transporte de viajeros por ferrocarril en el período 2013-2015:
- Se trata de los servicios que están sujetos a Obligaciones de Servicio Público (OSP) y son competencia de la Administración General del Estado.
- El contrato establece las condiciones conforme a las que Renfe deberá prestar durante estos tres años los servicios ferroviarios de Cercanías, Media Distancia y Ancho Métrico declarados OSP.
- La Administración General del Estado abonará a la empresa pública una compensación económica por obligaciones de servicio público con un techo máximo de 1.507.033.000 euros.
- Renfe prestará los servicios declarados de Obligación de Servicio Público y asumirá la dirección y gestión de la operación de los trenes, la explotación comercial y la gestión de las estaciones de Cercanías, en función del convenio suscrito con el Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF).
Hacienda y Administraciones Públicas
APROBADO un acuerdo por el que se solicita al presidente del Gobierno la interposición de recurso de inconstitucionalidad contra el artículo 1 de la Ley 4/2013, de 1 de octubre, de medidas para asegurar el cumplimiento de la función social de la vivienda, por el que se da nueva redacción al artículo 1.3 de la Ley 1/2010, de 8 de marzo, Reguladora del Derecho a la Vivienda en Andalucía.
Presidencia
1) ANTEPROYECTO DE LEY orgánica de control de la actividad económico-financiera de los partidos políticos, por la que se modifican tres leyes: la Ley Orgánica sobre Financiación de los Partidos Políticos, la Ley Orgánica de Partidos Políticos y la Ley Orgánica del Tribunal de Cuentas. Sus puntos más destacados son los siguientes:
- Prohibición de donaciones de personas jurídicas a los partidos políticos.
- Prohibición de condonaciones de deuda por entidades de crédito.
- Devolución de las donaciones indebidas.
- Obligación de todos los partidos, sin excepción, de presentar sus cuentas al Tribunal de Cuentas.
- Retención de las subvenciones a los partidos políticos que no hayan presentado sus cuentas.
- Regulación de la figura del responsable de la gestión económica-financiera del partido y rendición de cuentas ante el Parlamento
2) ANTEPROYECTO DE LEY reguladora del ejercicio de alto cargo de la Administración General del Estado, cuyos contenidos principales se relacionan a continuación:
• Exigencia de requisitos de idoneidad y de una declaración responsable.
• Regulación de las causas por las que se considera que no concurre honorabilidad profesional y, por lo tanto, no puede considerarse idónea a una persona para el desempeño de un alto cargo.
- Regulación de la compensación tras el cese.
- Control sobre los gastos de representación.
- Prohibición del uso de tarjetas de crédito.
- Creación de un sistema de alerta temprana de conflicto de intereses.
- Limitación al ejercicio de actividades económicas privadas tras el cese.
- Homologación de las declaraciones de actividades, bienes y derechos.
- Control de la situación patrimonial del alto cargo al final de su mandato.
- Refuerzo de la Oficina de Conflictos de Intereses
3) MEDIDAS PENALES Y PROCESALES de lucha contra la corrupción:
- Penales:
- Endurecimiento de las penas en supuestos de prevaricación de especial gravedad.
- Refuerzo en la persecución de los delitos de cohecho.
- Ampliación de las conductas tipificadas como tráfico de influencias.
- Incorporación de nuevos delitos relacionados con la financiación y la gestión de los partidos.
- Procesales:
- Agilizar los procedimientos en casos de corrupción.
- Permitir la determinación de la responsabilidad civil en un proceso distinto para agilizar el proceso anticorrupción.
- Evitar la utilización de recursos en el proceso con finalidad dilatoria.
Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad
Aprobado el PLAN NACIONAL para la Inclusión Social del Reino de España, elaborado en colaboración con Ministerios, Comunidades Autónomas, Entidades Locales y, de manera especial, con el Tercer Sector de Acción Social:
- Da respuesta al compromiso de la Estrategia Europa 2020 de reducir entre 1,4 y 1,5 millones el número de personas en riesgo de sufrir esta situación.
- Cuenta con una estimación presupuestaria de unos 136.600 millones de euros para cuatro años.
- Sus tres ejes son el empleo, la garantía de rentas mínimas y unos servicios básicos de calidad, especialmente para las personas con dificultades económicas.
- La colaboración con el Tercer Sector de Acción Social es uno de los pilares en los que se asienta este Plan de Inclusión, habiendo adquirido el Gobierno el compromiso de elaborar una Ley del Tercer Sector y una nueva Ley Nacional del Voluntariado.
Información obtenida de La Moncloa