Acuerdos del Consejo de Ministros del 12 de junio de 2015
GOBIERNO. España. Acuerdos del Consejo de Ministros del viernes 12 de junio.
Presidencia
ACUERDO por el que se aprueba la creación de un Comité de Campaña para la Declaración de la Década del Empleo Juvenil.
- El objetivo final de esta Campaña es que la Asamblea General de las Naciones Unidasdeclare la Década del Empleo Juvenil como oportunidad y motor de transformación económica y social de las organizaciones y de los países.
- Integración de los jóvenes en el mercado laboral.
- Se crea un Comité de Campaña, en el que estén presentes, no sólo miembros de laAdministración General del Estado, sino también organizaciones internacionales, otras administraciones públicas españolas, la sociedad civil y los agentes sociales.
- Composición. El Comité estará presidido por los titulares del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad y del Ministerio de Empleo y Seguridad Social, o personas en quien deleguen con rango de Secretario de Estado.
- Funciones:
- Promover la Declaración de la Década del Empleo Juvenil por la Asamblea General de las Naciones Unidas.
- Coordinar las actividades que, para lograr esta Declaración, realicen los miembros del Comité a nivel nacional e internacional.
- Proponer y coordinar las campañas de difusión y comunicación de la Declaración de la Década del Empleo Juvenil.
- Fomentar la participación de la sociedad civil en la Declaración de la Década del Empleo Juvenil.
REAL DECRETO por el que se modifica el Real Decreto 1049/2003, de 1 de agosto, por el que se aprueba la Norma de Calidad relativa a la miel.
Hacienda y Administraciones Públicas
ACUERDO por el que se solicita del Sr. Presidente del Gobierno la interposición de recurso de inconstitucionalidad contra el artículo 34 de la Ley 2/2015, de 11 de marzo, depresupuestos de la Generalidad de Cataluña para 2015.
ACUERDO por el que se solicita del Sr. Presidente del Gobierno la interposición de recurso de inconstitucionalidad contra determinados preceptos de la Ley 3/2015, de 11 de marzo, de medidas fiscales, financieras y administrativas de la Generalidad de Cataluña para 2015.
- El artículo 34 de la Ley de Presupuestos de la Generalidad de Cataluña para 2015 establece que en el ejercicio 2015 podrán tramitarse expedientes de ampliación de plantillas o de creación o reestructuración de unidades orgánicas que comporten un incremento global de los gastos de personal, cuando se refieran a la puesta en funcionamiento de nuevos servicios públicos.
- El precepto resulta controvertido en cuanto al inciso referido a la puesta en funcionamiento de nuevos servicios públicos, porque supone una extralimitación respecto de los límites básicos -ex artículos 149.1.13ª y 156 de la Constitución Española- establecidos por el Estado para el incremento de las retribuciones del personal al servicio de las Administraciones públicas, en este caso, a través de las concretas normas limitativas de la oferta de empleo público establecidas en el artículo 21 de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2015.
- Esta Ley establecía las limitaciones de gastos de personal, de manera directa, en el artículo 20, con las limitaciones de un aumento sobre la masa retributiva global existente a 31 de diciembre de 2014; y de manera indirecta, en el artículo 21 con las limitaciones de la oferta de empleo público y, por tanto, de su coste económico, con arreglo a la Jurisprudencia Constitucional que ha establecido ya la competencia estatal para el establecimiento de tales limitaciones.
ACUERDO por el que se autoriza la celebración de un contrato centralizado de servicios postales fase II.
- Esta autorización, que afecta a cuatro ministerios y veintiún entidades estatales, culmina el proceso de centralización de la contratación de servicios postales iniciado en agosto de 2014.
- La primera fase estimó unos ahorros de 74 millones de euros, cifra que se verá incrementada con los 14 millones de euros de ahorros que se prevé obtener en esta segunda fase.
ACUERDO por el que se autoriza a la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias a formalizar operaciones de deuda a largo plazo por un importe máximo de 294.783.786 euros.
ACUERDO por el que se ratifican las autorizaciones provisionales para la suscripción de sendos convenios de colaboración entre el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, y la Comunitat Valenciana, sobre diversas actuaciones de coordinación en materia de contratación pública.
ACUERDO por el que se ratifica la autorización provisional para la suscripción del convenio de colaboración entre el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente y la Comunidad Autónoma de Aragón para definir las actuaciones correspondientes al año 2015 del plan integral de descontaminación del río Gállego.
ACUERDO por el que se ratifica la autorización provisional para la suscripción del Convenio Marco de colaboración entre Casa Asia y la Autoridad Portuaria de Barcelona.
- El objetivo de este acuerdo es promocionar y realizar actividades orientadas amejorar el conocimiento y las relaciones entre Asia-Pacífico y Europa, y España. Junto a ello, pretende promocionar Barcelona como centro de acercamiento entre estas regiones.
- Como contrapartida a la colaboración que Casa Asia ofrecerá a la implementación de los programas previstos en el convenio (incorporación de logística, organización de cursos, evaluación de cadenas logísticas, acciones de captación de turistas asiáticos o traducciones al chino), la Autoridad Portuaria de Barcelona contribuirá económicamente con Casa Asia con la cantidad de 48.000 euros.
Empleo y Seguridad Social
ACUERDO por el que se solicita del Consejo Económico y Social la emisión de dictamen sobre el Anteproyecto de Ley reguladora de la protección social de los trabajadores del sector marítimo-pesquero, en el plazo máximo de diez días.
INFORME sobre el Anteproyecto de Ley reguladora de la protección social de lostrabajadores del sector marítimo-pesquero.
- Se trata de un texto regulatorio que unificará la dispersión normativa existente y las distintas sentencias de los Tribunales que han creado jurisprudencia, y que han servido para configurar la organización y protección del sector laboral ligado a la actividad del mar. De esta forma, la regulación incluye la prestación de asistencia sanitaria y actividades formativas a los trabajadores del sector.
- En 2014 la salud del medio marítimo, que incluye una amplia cartera de servicios y actividades de prevención, contabilizó 54.313 reconocimientos médicos, 75.378 pruebas médicas complementarias y la revisión de 7.726 botiquines. Además, se atendieron 1.569 llamadas al centro radiomédico. En los buques-hospital «Juan de la Cosa» y «Esperanza del Mar» se atendieron a 2.007 trabajadores marítimos. También se impartió formación sanitaria específica a 24.436 personas en más de 1.500 cursos.
- Novedades:
- Entre las novedades más destacadas de la regulación están, por un lado, laincorporación de trabajadores al Régimen Especial de la Seguridad Social del Mar, tanto autónomos como asalariados que durante años han reivindicado su encuadramiento en este régimen. Por otra parte, se define a los beneficiarios de las prestaciones que gestiona el Instituto Social de la Marina independientemente del régimen en que se hallen encuadrados.
- La futura Ley, como Anteproyecto se remite al Consejo Económico y Social para queemita dictamen en el plazo de diez días, estructura el Régimen Especial de Trabajadores del Mar en dos grandes grupos, autónomos y asalariados, y termina con modalidades ficticias de encuadramiento como la de los armadores embarcados. Éstos figuraban encuadrados como asimilados al Régimen General, aunque cotizaban por cese de actividad -contingencia propia de los autónomos- y no por desempleo, como la generalidad de los trabajadores por cuenta ajena.
- Se incorporan al colectivo de trabajadores por cuenta ajena del Régimen Especial de la Seguridad Social del Mar:
- Personal que presta sus servicios en plataformas fijas, y se incluyen las plataformas petrolíferas, de gas o similares
- Trabajadores dedicados a la acuicultura, entendida como actividad que se desarrolla en la zona marítima y marítima-terrestre. Se excluyen criaderos, granjas marinas y centros de investigación de cultivos marinos, así como la acuicultura en agua dulce, que seguirán estando encuadrados en el Régimen General.
- Buceadores, tanto a los extractores de recursos marinos, como a los profesionales, con exclusión de los recreativos.
- Rederos, por primera vez expresamente como trabajadores por cuenta ajena
- Estibadores Portuarios, como trabajadores que realizan las actividades que integran el servicio portuario de manipulación de mercancías relacionadas en la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante.
- Prácticos de Puerto, tanto trabajadores por cuenta ajena, como propia y asimilados a cuenta ajena.
- Autónomos. Autónomo de Marina Mercante o de embarcaciones deportivas y de recreo o de tráfico interior de puerto, además aquellos que realizan actividades relacionadas con la pesca, se trata de una de las más constantes petición del sector. Autónomo de pesca marítima en cualquiera de sus modalidades. Se sustituye el concepto de armador de pequeña embarcación por el más amplio de autónomo de pesca marítima.
Asuntos Exteriores y Cooperación
ACUERDO por el que se autoriza la disolución de la entidad sin ánimo de lucro denominada«Instituto Cervantes (Gibraltar) Limited”.
Defensa
REAL DECRETO por el que se promueve al empleo superior, con carácter honorífico, a miembros de las Fuerzas Armadas y de la Guardia Civil, retirados por incapacidadpermanente para el servicio en acto de servicio o como consecuencia del mismo.
REAL DECRETO por el que se promueve al empleo superior, con carácter honorífico y a título póstumo, a miembros de las Fuerzas Armadas y de la Guardia Civil fallecidos en acto de servicio.
Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente
ACUERDO por el que se toma razón de las obras de emergencia para la reparación de los daños producidos por los temporales acaecidos entre los días 19 al 22 de marzo de 2015 en las provincias de Tarragona, Valencia, Alicante y Región de Murcia, y por desprendimiento en la provincia del Principado de Asturias, por un importe global de 1.628.000 euros.
ACUERDO por el que se toma razón de las obras de emergencia destinadas a realizar nuevas actuaciones de reparación de los daños provocados por los temporales de los meses de enero y febrero de 2015 en la cuenca del Miño-Sil, provincias de León, Lugo, Ourense y Pontevedra, por un importe de hasta 2.465.000 euros.
Nombramientos
REAL DECRETO por el que se nombra a MIGUEL GARRIDO DE LA CIERVA como miembro del Consejo Económico y Social en representación de las organizaciones empresariales.
REAL DECRETO por el que se designa embajador de España en la Commonwealth de Australia a MANUEL CACHO QUESADA. En 2005 fue nombrado director general de Comunicación Exterior y en octubre de 2008, embajador de España en la República de Cuba. Desde noviembre de 2013, era embajador en Misión Especial para la Candidatura de España al Consejo de Seguridad de Naciones Unidas.
REAL DECRETO por el que se designa embajadora de España en la República de Cabo Verde a CARIDAD BATALLA JUNCO. Estuvo destinada en la Secretaría General Técnica del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación. En enero de 2009 fue nombrada directora del Gabinete de la Ministra de Vivienda y desde 2011 era consejera en la Embajada de España en Francia.
REAL DECRETO por el que se designa embajador de España en la República Islámica del Pakistán a CARLOS CÉSAR MORALES SÁNCHEZ. Fue vocal asesor en el Departamento de Protocolo de la Secretaría General de la Presidencia del Gobierno, subdirector general de Pacífico, Sureste Asiático y Filipinas, y de Asia Continental, y cónsul general de España en Cantón. Desde 2012 era segundo jefe en la Embajada de España en México.
REAL DECRETO por el que se promueve al empleo de teniente general al general de división del Cuerpo General del Ejército del Aire PEDRO JOSÉ ABAD GIMENO y se le nombra jefe del Mando de Personal del Ejército del Aire. En 2009 fue nombrado jefe de la Base Aérea de Torrejón y, posteriormente, segundo jefe del Mando de Apoyo Logístico del Ejército del Aire y director de Mantenimiento del Mando de Apoyo Logístico del Ejército del Aire, cargo que desempeñaba en la actualidad.